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Lunes, 3 de mayo 2021, 13:01
La cuenta atrás ha empezado. Los españoles que conserven monedas y billetes en antiguas pesetas y quieran canjearlas tienen que darse prisa. Y es que el plazo vence el próximo 30 de junio de 2021, según un real decreto ley del Consejo de Ministros que prolongó en 6 meses el periodo fijado inicialmente ante las dificultades surgidas como consecuencia de la pandemia.
Para despejar dudas, el Banco de España ha recogido en dos guías en PDF las 16 monedas y los 50 billetes de pesetas que se pueden canjear durante los dos próximos meses, haciendo constar que se contempla únicamente el dinero en circulación desde 1939, pero que si su fecha es de entre 1936 y 1939 deberá ser «analizado por expertos del Banco de España«.
En la página web del Banco de España se detalla así que para poder devolverse, dichas monedas y billetes deberán ser, obviamente, «auténticos« y haber estado en circulación hasta el 1 de enero de 2002. Se admiten que estén «deteriorados» aunque se avisa que se podrá denegar el canje de las que hayan sufrido una alteración derivada de un proceso industrial o material.
Consulta en este PDF las pesetas en monedas que se pueden canjear en el Banco de España hasta el 30 de junio.
El cambio de pesetas por euros se puede hacer tanto en el edificio del Banco de España en Madrid como en cualquiera de sus sucursales en las diferentes provincias españolas (se pueden encontrar en el apartado 'Otra información de interés'). Para realizar esta operación, esta entidad exigirá al interesado que se identifique enseñando su DNI, pasaporte o tarjeta de residencia siempre que la cantidad que quiera cambiar sea igual o superior a 1.000 euros. No obstante, también podrá requerirlo cuando la cantidad a cambiar sea inferior a ese montante.
Consulta en este PDF las pesetas en billetess que se pueden canjear en el Banco de España hasta el 30 de junio.
Se pueden cambiar todos los billetes emitidos a partir de 1939. Eso sí, hay que tener en cuenta que se denegará el billete «que presenten una superficie igual o inferior al 50% del billete». En cuanto a las monedas, «se cambiarán las monedas que estaban en circulación el 1 de enero de 2002» y las de 2.000 pesetas, las de colección, las conmemorativas y especiales en circulación a dicha fecha. Aunque estén deterioradas se aceptarán si son reconocidas por las máquinas de la entidad, pero se podrá denegar el cambio «de las que hayan sufrido alguna alteración derivada de un proceso industrial o mecánico». En ningún caso se tendrán en cuenta valores numismáticos de monedas o billetes.
Con el fin de garantizar la medidas de seguridad recomendadas por las autoridades sanitarias, es necesario pedir cita previa para realizar esta gestión en las instalaciones del Banco de España. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 8.30 a 14.00 horas. La solicitud de cita previa en cualquiera de las sedes puede realizarse a través del teléfono 913 385 000. También, se puede hacer través de Internet.
En aquellos casos en los que el solicitante del cambio se encuentre en el extranjero, existe la posibilidad de cambiar los billetes en pesetas a euros enviándolos por correo postal certificado junto con el 'Formulario para el cambio de billetes en pesetas desde el extranjero', disponible en el apartado 'Tramitación' debidamente cumplimentado. Es imprescindible cumplimentar el campo del IBAN. Las monedas en peseta que se envíen por correo no serán cambiadas. La documentación requerida en este proceso debe dirigirse al departamento de Emisión y Caja, del Banco de España (C/ Alcalá, 48. 28014 Madrid).
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