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AGENCIAS
Viernes, 8 de noviembre 2013, 17:34
El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto, que modifica otro del 23 de diciembre de 2005 que regulaba la expedición del Documento Nacional de Identidad ( DNI ) y sus certificados de firma electrónica, y que, entre otros aspectos, reduce de cinco a dos años el periodo de validez de este carné para los menores de cinco años. Así lo ha comunicado la vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha explicado que la decisión está motivada por el cambio físico que sufren los niños a estas edades. "Entre un menor de dos y uno de cuatro hay bastante poca similitud", ha afirmado.
La vicepresidenta ha recordado que la expedición de este documento es voluntaria para los menores de cinco años y no supone "ningún coste". La finalidad del Real Decreto aprobado este viernes es modificar, entre otros aspectos, la citada norma para conseguir una mayor protección de la infancia en el uso de Internet, permitiendo la acreditación de la identidad de los menores por medios telemáticos -DNIe-, pero no el uso de la firma electrónica.
Otras de las modificaciones son que, a partir de ahora, la activación de la identificación electrónica será para mayores y menores , pero la activación de la firma electrónica será únicamente para mayores de edad. De este modo, la entrega de un documento con el certificado de identificación electrónica activado permitirá proteger a los menores en las redes sociales, ya que son muchas las páginas que solicitan información sobre la edad del usuario.
También se simplifica la primera expedición del DNIe, ya que antes se exigía el certificado de empadronamiento y ahora servirá entregar el volante de empadronamiento, documento que es más fácil de obtener. Por último, contempla modificaciones técnicas en la toma de impresiones dactilares ya que en los casos en que no puedan realizarse sobre los dedos índices, por mutilación o defecto físico, se sustituirán por otro.
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