Un tribunal reconoce a una desempleada el subsidio para mayores de 52 años que le denegó el SEPE por faltarle 63 días de cotización
Los magistrados aplican la doctrina del paréntesis tras apreciar una situación de infortunio en la afectada cuando tuvo que apartarse el mercado laboral para cuidar a sus padres dependientes
El SEPE le denegó el subsidio para mayores de 52 años argumentando que pese a acreditar los 15 años mínimos de cotización (carencia genérica), la ... desempleada no cumplía con el requisito de carencia específica, es decir, que al menos dos años de cotización estuvieran comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. Exactamente tenía en ese periodo 667 días, cuando lo exigible son 730 días. ¿El motivo? Había dejado de cotizar durante casi cinco años para cuidar a sus padres dependientes.
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Esta circunstancia ha sido determinante para que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dé finalmente la razón a la desempleada. En primera instancia, el Juzgado de lo Social de Gerona también respaldó los argumentos de la afectada, que entre 2010 y 2015 estuvo apartada del mercado laboral para asistir a su familia. «Estas circunstancias familiares extremas finalizaron para la beneficiaria demandante con el fallecimiento de sus progenitores: el padre causó baja en el registro de pensiones de jubilación del INSS en fecha 01/05/2015 y la madre el 01/07/2015», recoge la sentencia consultada por este periódico y en la que tales razones son suficientes para aplicar al caso la doctrina del paréntesis.
«Partiendo de estas circunstancias familiares que envolvieron a la beneficiaria demandante durante cuatro años y once meses, la resolución recurrida concluye que se dan las circunstancias necesarias para aplicar la doctrina del paréntesis y retrotraer la fecha inicial en la que concluiría el lapso temporal para el cálculo de la carencia específica de 15 años (25/04/2008) a cuatro años y once meses antes, es decir, al 25/05/2003. Así, desde esta última fecha al día en que se presenta solicitud de subsidio de desempleo (25/04/2023) la demandante acredita 1.824 días cotizados, superándose ampliamente los 730 días exigidos», reza el fallo.
En cuanto a la doctrina del paréntesis, la Sala subraya que la jurisprudencia laboral ha aplicado esta técnica aplicativa para el supuesto del cálculo de la carencia específica, aceptando interrumpir el cómputo de los quince años durante el tiempo en que se acredita que el beneficiario se separó del sistema por diferentes causas, entre las que se citan razones de salud o supuestos de infortunio personal.
Asimismo, el tribunal recalca la necesidad de enjuiciar el caso desde una perspectiva de género, «dado que el perjuicio que sufre la demandante por apartamiento del sistema de Seguridad Social es consecuencia del rol tradicional que todavía asume la mujer como cuidadora de los integrantes de la familia, rol que muy pocas veces asume el varón y que objetivamente perjudica a la mujer en el ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social», subrayan los magistrados.
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