Absuelven al exalcalde de Cómpeta de un delito urbanístico
El fiscal retira la acusación al no poder probarse que autorizó la construcción de 15 viviendas en suelo rústico
Montse Martín
Martes, 28 de abril 2015, 14:37
El juez de lo Penal número 5 ha absuelto al exalcalde de Cómpeta, Leovigildo López de un delito urbanístico después de que el fiscal haya retirado la acusación al no poder probarse que autorizó la construcción de una urbanización de 15 viviendas unifamiliares en suelo rústico. La sentencia, que se ha producido in voce, absuelve también al promotor de la construcción y al arquitecto municipal, que también habían sido acusados.
Los tres estaban imputados por delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación por una licencia concedida en 2003 para construir una urbanización en una finca de casi 1.800 metros cuadrados en terreno rústico situado en el paraje conocido como Pagolasalara. La Fiscalía de Málaga consideró entocnes que ex alcalde previo acuerdo con el constructor supuestamente autorizó la segregación de la parcela en cuestión de la finca matriz como urbana.
Leovigildo López ha declarado hoy en el juicio que autorizó la licencia de obras, tras emitir el arquitecto municipal un informe técnico favorable y ha reconocido que aunque el suelo segregado en principio era rústico, al haber ya servicios como agua, luz y saneamiento yo entiendo que es urbano, pero eso son los técnicos los que deciden, y a mí nadie me advirtió de que fuera rústico.
En el juicio han declarado dos peritos urbanísticos oficiales que han emitido informes contradictorios sobre la calificación del suelo. Así un técnico designado por el Colegio de Arquitectos ha defendido que la parcela era urbana, porque existía en 2003 una situación de hecho, con construcciones anteriores colindantes, viales, agua y luz, que cerraban una malla urbana y que esta situación se reflejaba en el proyecto de actuación de delimitación urbana del municipio, que sin embargo no se llegó a aprobar de forma definitiva. Por el contrario, otra perito ha sostenido que el suelo en cuestión era rústico porque el pueblo carecía en 2003 de instrumentos de planeamiento por lo que rige la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que considera en esos casos el suelo como rústico.
En vista de los informes contradictorios, el fiscal ha retirado la acusación contra el exalcalde y los otros dos acusados, por lo que, a continuación, el juez ha dictado una sentencia absolutoria.
López, que fue alcalde de Cómpeta durante 16 años hasta 2007, ha sido juzgado en numerosas ocasiones por delitos urbanísticos y cuenta con dos sentencias firmes por delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación. La primera fue en 2008 y en ella fue condenado a siete años de inhabilitación para empleo y cargo público y a doce meses de multa por un delito de prevaricación urbanística.
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