Tres años de prisión por romper dos dientes a un hombre con una botella de cerveza en una discoteca de Teba
El condenado deberá pagar 7.450 euros en concepto de responsabilidad civil por un delito de lesiones
Estaba de fiesta en una discoteca con unos amigos pero la noche se torció. Intercambió palabras con otro cliente del local, al que terminó empujando en el pecho y, «con ánimo de menoscabar su integridad física», le golpeó en la boca con una botella de cerveza que llevaba en la mano. Así se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso SUR, mediante la que la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al autor de la agresión a tres años de prisión por un delito de lesiones con resultado de deformidad, ya que la víctima perdió dos piezas dentales.
Los hechos ocurrieron hace diez años, en Teba. En aquel momento el acusado tenía 24 años, y el tribunal que lo ha juzgado ha tenido en cuenta el atenuante de reparación del daño (abonó una cantidad económica a su víctima antes del juicio). La Fiscalía, la acusación particular y la defensa pidieron que se tuviera en cuenta el atenuante de embriaguez, ya que en el momento de la agresión el atacante había consumido alcohol, pero la sala no valorado dicha circunstancia.
La víctima, además de perder dos dientes, sufrió varias lesiones a raíz de la rotura de los cristales, que afectaron al labio superior y al inferior, así como a las mucosas bucales. Para su curación completa fue necesaria la colocación de dos prótesis con las que suplir el «daño estético» que dejaron las lesiones, una circunstancia que siempre se tiene en cuenta en los procedimientos de lesiones cuando se produce deformidad –más aún si se dan en zonas visibles del cuerpo, como es el rostro–.
La Audiencia Provincial ha condenado al agresor, además de a la pena de tres años de prisión, a cumplir con una orden de alejamiento de 300 metros durante siete años, y a la prohibición de contactar con su víctima durante siete años. A esto se suma la obligación de abonar al damnificado 7.450 euros en concepto de responsabilidad civil, de los que el condenado ya había pagado 1.000 antes de que se celebrase la vista oral. De igual manera, el procesado no podrá ejercer su derecho al sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.