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Sólo se encuentra «algún cuestionamiento menor» en la ponencia que el Tribunal Constitucional (TC) discutirá este martes para analizar el recurso interpuesto por el PP ... a varios artículos de la 'ley trans', aprobada hace dos años e impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero. Los artículos más polémicos, que eran los más reivindicados por los colectivos LGTBI, seguirán en la ley sin modificaciones, si se sigue el guion del borrador filtrado a los medios este domingo.
Según el órgano máximo intérprete de la Carta Magna, no va contra la Constitución que un menor decida la modificación genial (artículo 19.2) si tiene entre 12 y 16 años y suficiente madurez e información. Tampoco choca con los derechos establecidos en la Constitución que puedan pedir cambio de sexo en el Registro Civil a partir de los 16, sin la asistencia de un representante, o desde los 15 con uno de ellos, y sin necesidad de informes médicos ni psicológicos (artículo 44).
En cuanto a los menores, en el borrador se asegura que hay «tres regímenes distintos para la rectificación registral del sexo de las personas en función de la edad», que obedecen al «carácter gradual y progresivo con el que los menores adquieren madurez y capacidad de discernimiento». Y diserta que «cuanto menor es la edad de una persona, menor es también su capacidad intelectual y emocional para comprender las consecuencias de decisiones complejas y mayores son, por tanto, sus necesidades de protección», algo que contempla la ley en esa distinción de edades.
Precisamente esa libertad para cambiar su sexo y su nombre en el documento de identidad sin las trabas que existían, sobre todo la anuencia médica, eran líneas rojas para las personas trans. Lo que se conocía como «autodeterminación de género» o «sexo sentido».
En el borrador de la sentencia se entiende que el derecho a «la rectificación de la mención registral del sexo (asignado al nacer)» no vulnera los derechos de las mujeres nacidas como tal y conformes con esa asignación. «No puede analizarse, con carácter general, como una discriminación contra las mujeres, en tanto estamos, en todo caso, ante mujeres, por mucho que unas sean mujeres trans y otras no», mantiene el magistrado.
Lo contrario sería, según el documento, una discriminación «por razón de la condición trans de la persona». Tampoco ve coherente exigir la «modificación de la apariencia» por medio de cirugías u otros «procedimientos» para lograr el cambio registral.
Todo esto había sido recurrido por el PP pero el Constitucional mantiene que se preserva la «seguridad jurídica» mientras garantiza «dignidad y libre desarrollo de la personalidad» de las personas beneficiadas con la 'ley trans'.
Encajan con la Constitución las nuevas normas que impiden que las personas trans tengan un trato «menos favorable» que «otra persona que se encuentra en situación análoga» (artículo 79), o que se utilicen libros de texto en los centros educativos que diferencien como «superiores o inferiores» a las personas según su «orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales» y que, ambas, se consideran infracciones administrativas, que habían sido impugnadas también por los populares desde los tiempos en que Irene Montero, entonces ministra de Igualdad, desarrolló la ley que tuvo enfrente a una parte del feminismo.
Según las fuentes, la deliberación sobre la denominada 'Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas Lgtbiq' comenzará esta semana pero podría prorrogarse, aunque el sector progresista, incluyendo al ponente Juan Carlos Campo -quien precisamente fue compañero de Montero en el Gobierno la legislatura pasada, cuando él era ministro de Justicia-, tendría mayoría para sacar adelante la posición filtrada.
Son siete magistrados que podrían avalar la ley, aunque dos de ellos, Inmaculada Montalbán y María Luisa Balaguer, tendrían algunas reservas, y podría dar la razón ya no al PP, que llevó la norma ante el tribunal, sino a las asociaciones feministas contrarias a equiparar a las personas que cambien su sexo en el registro con las mujeres biológicas, o preocupadas por la salud mental de los menores. Se espera un intenso debate y quizás caigan algunos de los polémicos artículos.
De la impugnación del PP se admitiría la eliminación o rebaja de sanciones por faltas relacionadas con la discriminación a las personas trans, pero sin disminuir «derechos fundamentales» que la ley otorga al colectivo. Sobre todo, otra vez, en lo que respecta al cambio de sexo en el registro. «No cabe restar toda virtualidad práctica a ese procedimiento por la vía de no reconocer ninguna eficacia jurídica a la rectificación registral de la mención relativa al sexo de la persona», indica el ponente sin entrar a analizar el procedimiento estipulado por el «legislador».
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