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DGT

Nueva ley de Tráfico: Estas son las multas e infracciones que te quitan más puntos desde hoy

El nuevo marco legal también impone el casco obligatorio en patinetes y los saca definitivamente de las aceras junto a las bicis

Lunes, 21 de marzo 2022, 12:55

Este lunes, 21 de marzo, entra en vigor la reforma de la Ley de Tráfico, que trae consigo una serie de modificaciones encaminadas a reforzar la seguridad vial y reducir la siniestralidad, entre las que destaca una mayor dureza en forma de mayor detracción de puntos del carné a quienes se despistan al volante con el móvil y los que no utilizan el cinturón, sistemas de retención infantil o el casco.

Además, otro cambio importante es que desaparece el margen de 20 km/h que se concedía para poder adelantar en carreteras convencionales, mientras también entran en escena una serie de medidas dirigidas a bicicletas y patinetes con las que se pretende potenciar la seguridad de los propios usuarios y también la de los peatones ya que, entre otras cuestiones, la nueva norma estatal expulsa definitivamente a los vehículos de movilidad personal de las aceras. Estos son los principales cambios que surtirán efecto:

Seguridad y conducción

-La principal novedad en materia de conducción es que se suprime la posibilidad que hasta ahora tenían los conductores de turismos y motocicletas de rebasar en 20 km/h la velocidad máxima permitida en carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos.

-Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, el conductor deberá hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de dos o más carriles. En calzadas de un solo carril, deberá mantenerse la separación mínima lateral de 1,5 metros. Su incumplimiento se penaliza con la pérdida de 6 puntos.

-En un intento de reducir las distracciones al volante, que son la principal causa de accidentes con víctimas, la nueva normativa penaliza aún más conducir sujetando el teléfono con la mano, ya que a partir de ahora se restarán 6 puntos en lugar de 3.

-No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección como el caso conllevará la pérdida de 4 cuatro puntos, frente a los 3 actuales.

-Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan originar incendios o provocar accidentes se penalizará con 6 puntos en lugar de 4, además de la correspondiente sanción de 500 euros por tener la consideración de infracción muy grave.

-Se refuerza la integridad de los viandantes remarcando que siempre tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos de peatones, aceras y zonas peatonales. Esta medida apunta directamente a los vehículos de movilidad personal como bicis y patinetes.

-Igualmente, se incluye como infracción grave (200 euros de multa) parar o estacionar en un carril bici, equiparando esta sanción a otras similares como hacerlo en carriles bus o en aparcamientos reservados para personas con discapacidad.

Interferencia en el sistema de vigilancia y control

-Llevar inhibidores de radares en los vehículos estará siempre prohibido, con independencia de que estén conectados o no, ya que pueden interferir en el correcto funcionamiento de los cinemómetros instalados en la red viaria. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.

Motos y ciclomotores

-Se permite a los conductores de motos y ciclomotores llevar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco para fines de comunicación o navegación. Lo que queda prohibido es llevar el teléfono móvil ajustado entre el casco y la cabeza.

-No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada supondrá la pérdida de 4 puntos en vez de los 3 fijados hasta ahora

Bicis y patinetes

-La nueva normativa estatal unifica criterios con los vehículos de movilidad personal sacándolos definitivamente de las aceras y demás espacios peatonales en un intento de aumentar la protección del peatón. Por tanto, deberán circular por carriles bici o, en su defecto, por la calzada. Lo que tienen prohibido es hacerlo por autovías o autopistas.

-El uso del casco pasará a ser obligatorio cuando se circule en patinete o cualquier otro vehículo de movilidad personal. En cuanto a las bicis, se mantiene la exigencia de llevarlo en vías interurbanas, mientras en las ciudades sólo es obligatorio para menores de 16 años.

-Ante la proliferación del uso de bicis y patinetes eléctricos entre menores de edad, se establece para ellos una tasa cero de alcohol como conductores de cualquier vehículo. Si por regla general el límite es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre o de 0,25 miligramos por litro de aire espirado), para los menores es de 0,0.

Permiso de conducir y saldo de puntos

-El sistema para recuperar los puntos del carné no cambia, pero sí los plazos. Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el periodo para recuperar el saldo inicial de 12 puntos se unifica en dos años siempre que no se cometan nuevas infracciones que detraigan puntos. Hasta ahora, el plazo oscilaba entre dos y tres años en función de la gravedad de las sanciones.

-En materia administrativa, deja de ser necesario llevar físicamente el carné de conducir, pudiendo acreditarse a través de la app 'miDGT'.

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