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El Juzgado de lo Social Número 1 de Málaga ha declarado improcedente el despido de un informático afectado por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del Ayuntamiento de Estepona en el que fueron despedidos 174 trabajadores. Se trata del décimo empleado que obtiene sentencia favorable, dos por despido nulo y ocho por improcedente. Una de estas últimas sentencias fue la de la portavoz del Grupo Municipal Socialista, Manuel Benítez, que fue despedida como trabajadora social. En este caso, como en otros de los declarados improcedentes, los tribunales tuvieron en cuenta para determinar la antigüedad de los trabajadores, el tiempo que estuvieron e empresas municipales.
El juez condena al Ayuntamiento a readmitir al trabajador y al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido. El demandante era técnico superior informático en el Ayuntamiento desde 2003 y trabajaba en el Centro Procesador de Datos (CPD) donde fue el autor del sistema de telecomunicaciones y telemática que actualmente utiliza el Consistorio. Además era el empleado de mayor cualificación de este departamento.
El Ayuntamiento comunicó al trabajador, en la carta de despido, que «se ha comprobado que en el Centro Procesador de Datos no son necesarios todos los puestos existentes para atender las necesidades existentes en materia de 'hardware'» y añadían que, tras la redistribución de los puestos, el suyo « queda vacío de contenido y, por tanto, debe ser amortizado».
Sin embargo, el magistrado, en la sentencia, a la que ha tenido acceso SUR, señala que «no se explica por qué fue elegido el actor, el único trabajador la categoría de Técnico superior del CPD y que tenía una alta formación y capacitación para trabajar en el CPD y creador de uno de los sistemas que se estaban aplicando en las comunicaciones del Ayuntamiento». Añade además que no se acredita que el demandante fuera el de menor antigüedad en el departamento.
Desde el Ayuntamiento han anunciado que recurrirán esta sentencia y recuerdan que el Tribunal Supremo, en sentencia firme, declaró ajustada a derecho la decisión de despido colectivo por concurrir las causas económicas y organizativas, confirmando de esta forma la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Añadieron que se han alcanzado en total 43 acuerdos de conciliación y se han obtenido 26 sentencias favorables en juzgados de primera instancia o en el TSJA. «Las sentencias que no han sido favorables en primera instancia están recurridas ante el TSJA y sobre ellas no se ha dictado aún sentencia. Por tanto, éstas pueden ser aún favorables al Ayuntamiento», aclararon.
En este sentido, recordaron que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio, en segunda instancia, la razón al Ayuntamiento de Estepona desestimando la demanda de readmisión del exsubdirector de la Televisión Municipal, Rafael García, y del exdirector de promoción y subdirector ejecutivo, económico y financiero de la empresa Promoción y Comunicación Estepona SL, Mariano Crespo. Estos dos directivos tienen recurridas las sentencias ante el TS.
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