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Jesús Hinojosa
Lunes, 25 de agosto 2014, 01:51
El pasado mes de julio se cumplió un año desde la entrada en vigor de la nueva ordenanza del Ayuntamiento que regula las tasas urbanísticas. Se trata de una norma que provocó un firme rechazo por parte de la Asociación de Constructores y Promotores (ACP) por implicar el cobro de determinadas cantidades para trámites que hasta entonces eran gratuitos. Entre otras cuestiones, criticaron que haya que pagar parte de la tasa pese a que no se obtenga el permiso de obras solicitado. En el caso de que la resolución sea negativa hay que abonar el 75% del importe en cuestión y el 50% si se desiste de la obtención de la licencia o caduca el procedimiento por culpa del interesado. Son solo dos ejemplos de lo que supone la aplicación de las nuevas tarifas para las actuaciones urbanísticas que se quieran desarrollar en Málaga, una medida que fija en 120 euros el precio por una gran parte de los permisos de obra menor y que únicamente supone un beneficio respecto a la anterior normativa para las reformas interiores que tengan una escasa entidad, a las que se cobra una especie de tarifa mínima de 50 euros.
Un año de funcionamiento de esta ordenanza fiscal ha dado para que también surjan voces críticas sobre lo que puede suponer la aplicación a rajatabla de su articulado, especialmente en lo relativo a las denuncias urbanísticas. Y es que la norma contempla el cobro de una tasa de 120 euros para cualquier «informe o certificado emitido a solicitud del interesado que requiera informe técnico o jurídico» o la visita de un técnico para comprobar cualquier cuestión. Además, si lo que se pide es una revisión de la licencia que se otorgó en su momento para una determinada obra se puede llegar a tener que pagar de nuevo la misma tasa que supuso la concesión de ese permiso.
Sin exenciones concretas
Es decir, que un vecino que denuncie a otro por una supuesta infracción urbanística, como provocador de la actividad de la Gerencia Municipal de Urbanismo a la hora de comprobar si lleva o no razón, se vería obligado a tener que pagar una tasa de 120 euros como mínimo, ya que en la ordenanza no se contempla expresamente una exención para estos casos. La norma especifica que tienen que pagar las tasas aquellas personas que «soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la actividad cuya realización constituye el hecho imponible del tributo».
El abogado experto en urbanismo Juan Ramón Fernández-Canivell ha remitido a este periódico un escrito en el que critica duramente esta posibilidad que ofrece la ordenanza. «Esta bomba de relojería, que se encuentra activada en el municipio de Málaga desde hace un año, constituye una grave limitación y traba el derecho de los ciudadanos a denunciar libremente las barbaridades urbanísticas que se observan», expone el letrado, quien añade: «La acción de denunciar es pública y viene reconocida en el artículo 4.f de la Ley Estatal del Suelo (RDL 2/2008) y en el artículo 37.2 del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía aprobado por decreto 60/2010 como un derecho que tiene el ciudadano. Sin embargo, bien por afán recaudatorio, bien para limitar el muchas veces abuso ciudadano de trasladar las peleas de vecinos a sede urbanística para evitar acudir a los juzgados, lo cierto es que ir de Quijote en pro del interés general puede suponer un grave quebranto económico para el denunciante». Por ello, pide al Ayuntamiento que corrija la norma y suprima los artículos de la ordenanza en los que queda contemplada la posibilidad de cobrar tasas a quien presente una denuncia urbanística.
Fuentes del equipo de gobierno municipal y de la Gerencia de Urbanismo consultadas por este periódico aseguraron que, aunque puedan estar recogidas en la ordenanza, las tasas por trámites administrativos derivados de expedientes de denuncias urbanísticas no se cobran a las personas que las comunican. SUR consultó con otros abogados expertos en derecho urbanístico e igualmente apuntaron que desconocían casos en los que se haya cobrado tasa desde Urbanismo por investigar la denuncia registrada por un particular.
No obstante, Fernández-Canivell sostiene que posiblemente «ni el alcalde ni el resto de los concejales son conscientes de tan esperpéntica situación de penalizar económicamente a quienes altruista, y no tan altruistamente a veces, ejercen la función inspectora en defensa de los intereses generales de la ordenación urbanística de la ciudad, supliendo una auténtica carencia municipal».
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