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MONTSE MARTÍN montsemartin@diariosur.es
Jueves, 11 de marzo 2010, 09:08
Ya son dos las sentencias que han absuelto a ex alcaldes de la provincia acusados de delitos urbanísticos en apenas un mes. Al de Sayalonga, se ha sumado ahora la ex regidora de Cártama Leonor García-Agua, a la que un juzgado ha eximido de culpa en la concesión de dos licencias en suelo no urbanizable por las que había sido acusada. En ambos casos, aunque con matices distintos, los magistrados han considerado que no hubo dolo, es decir, voluntad maliciosa de contravenir la normativa urbanística vigente «a sabiendas» de que se trataba de un acto administrativo injusto y arbitrario, elemento esencial para incurrir en la comisión de la prevaricación urbanística, más conocida como delito urbanístico.
Las dos resoluciones ponen en solfa la conveniencia de aplicar el Código Penal para perseguir las infracciones urbanísticas, lo que viene a coincidir con las peticiones de los munícipes de la comarca de la Axarquía y del presidente de la Diputación Provincial, Salvador Pendón, que señalan la vía administrativa como la adecuada para resolver estas irregularidades.
El titular del Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga, Francisco Ontiveros, ha absuelto Leonor García- Agua (PP) de los dos delitos contra la ordenación del territorio de los que fue acusada por la Fiscalía por la concesión de sendas licencias de segregación para una finca en suelo calificado como no urbanizable y sin seguir los trámites legalmente establecidos. El magistrado considera que la ex regidora «no fue consciente» de haber dictado los dos decretos que resolvía otorgar las licencias. Es más, añade que «nada tuvo que ver» en la redacción de los mismos (los redactó algún trabajador del área administrativa), sino que se limitó a firmar un folio distinto al que figuraba el contenido de la resolución administrativa, en concreto uno en el que aparecía una liquidación de tasas.
Por lo tanto, en su sentencia afirma que hubo «falta de conciencia y voluntad de la acusada, imprescindible en este tipo de delitos».
El juzgador, ante la evidencia «palmaria» de que el caso carece de relevancia penal se pregunta, incluso, cómo ha podido llegar a su enjuiciamiento el asunto iniciado por una denuncia interpuesta casi cinco años después por un equipo de gobierno distinto «a la que se acompaña una documentación sesgada de los expedientes administrativos». Así, critica la instrucción realizada (solo con la denuncia del fiscal, la aportación de los expedientes administrativos y la declaración de la ex alcaldesa), que de haber sido «un poco más exhaustiva (contando con la declaración del secretario municipal) habría sin duda alguna evitado el juicio».
Esta sentencia se suma a la dictada el pasado mes de febrero por la Audiencia Provincial de Málaga que absolvió al ex alcalde de Sayalonga por autorizar la construcción de una vivienda en suelo no urbanizable porque «no existió dolo en contravenir la normativa urbanística». El fallo, que revocaba otro condenatorio de un juzgado de lo penal, agregaba que la construcción «pudo y puede ser objeto de corrección en el ámbito administrativo».
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