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Comunidades de vecinos: se acerca la fecha límite para rendir cuentas con Hacienda

El 2 de marzo se cumple el plazo para informar de las operaciones a proveedores, que en caso de no hacerse, supondrían sanciones que llegarían a los 200.000 euros

Nuria Triguero

Miércoles, 25 de febrero 2015, 01:55

Las comunidades de vecinos tienen una nueva obligación con el fisco este año. No es que tengan que pagar más impuestos, pero sí deben informar a Hacienda de determinados pagos con proveedores que hasta ahora no declaraban. Concretamente, tienen que presentar el modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas cuando superen los 3.005,6 euros. Esto afecta, por ejemplo, al mantenimiento de ascensores, la limpieza, las reformas, la vigilancia... Y no es cosa de broma, puesto que no hacerlo las expone a sanciones que van de los 300 a los 200.000 euros. El plazo para presentar el modelo 347 termina el próximo lunes 2 de marzo y el Colegio de Administradores de Fincas de Málaga estima que dos de cada diez comunidades -las que no están gestionadas por un profesional- van a incumplir esta nueva exigencia tributaria, exponiéndose a ser multadas.

El decano del Colegio de Administradores, Fernando Pastor, explica que el riesgo de incumplir esta nueva exigencia tributaria se centra en las comunidades de vecinos que se 'autoadministran' por dos razones: «En primer lugar, porque es difícil que los vecinos estén al tanto de esta novedad fiscal tan específica. Y en segundo lugar, porque las personas físicas sin actividad empresarial no están facultadas para presentar un modelo 347». Pastor añade que si un bloque cuenta con un administrador colegiado, aunque éste no presentara la declaración por olvido, los vecinos estarían a salvo de eventuales sanciones porque las cubriría el seguro de responsabilidad civil del profesional.

Modelo 347

La nueva obligación tributaria se recoge en el Real Decreto 828/2013, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 26 de octubre de 2014. En el texto se determina que las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal deberán presentar la declaración de operaciones con terceras personas modelo 347.

No todos los pagos efectuados por los bloques de vecinos tienen que comunicarse a Hacienda. Queda excluida la compra de los suministros de energía eléctrica o los combustibles que se usen para el consumo comunitario, así como la de los suministros de agua y los seguros que tengan por finalidad el aseguramiento de bienes de zonas y elementos comunes. Sí deben adjuntarse en el modelo 347 las facturas con las empresas de mantenimiento de ascensores, limpieza, reformas, jardinería, mantenimiento, extintores o vigilancia, entre otros proveedores habituales de los inmuebles residenciales.

El objetivo de esta medida no es otro que luchar contra el fraude fiscal. «Hacienda puede así cruzar datos entre las comunidades de vecinos y las empresas de mantenimiento, limpieza, ascensores... para comprobar si éstas han declarado con el IVA correspondiente todas las facturas que han cobrado», explica el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga, que considera «positiva» esta nueva obligación tributaria «porque aporta más transparencia y no supone una mayor carga fiscal para los vecinos». De hecho, su colectivo lleva tiempo reclamando que las comunidades de propietarios sean consideradas «a todos los efectos» por la Administración como personas jurídicas.

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