
Una sentencia obliga a Unicaja a devolver lo cobrado por la cláusula suelo a 39 clientes
El juzgado número 2 de Málaga declara abusivo el tope de interés mínimo y condena a la entidad a abonar más de 225.000 euros a los afectados
N. TRIGUERO
Martes, 27 de agosto 2013, 13:47
El goteo de sentencias que dan la razón a consumidores en la batalla de las cláusulas suelo va camino de convertirse en aluvión. Ayer la asociación Adicae dio a conocer una nueva victoria judicial en esta guerra contra las entidades financieras, que tiene una doble importancia añadida: la de ser una demanda colectiva -que agrupa a 39 afectados- y la de tener efecto retroactivo. Unicaja ha sido condenada por el juzgado mercantil número 2 de Málaga a anular la 'cláusula suelo' de 28 préstamos hipotecarios, así como a devolver los más de 225.000 euros que cobró por su aplicación a las 39 personas que firmaron la demanda colectiva.
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La jueza que firma esta decisión, María José Galiano, considera «abusiva» la imposición de esta condición a los clientes y rechaza el argumento planteado por la entidad de que fue un término negociado de forma individual con cada afectado. La sentencia, fechada el 19 de julio de 2013, no es firme y Unicaja declaró ayer estar esperando a que el juzgado le aclare ciertos términos del fallo para decidir si interpone un recurso.
Los portavoces de Adicae, la organización que ha liderado esta demanda colectiva, destacaron ayer que para algunos de los afectados la cantidad cobrada de más por culpa de la cláusula suelo se eleva a 30.000 euros, lo que demuestra «el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias».
Hay que recordar que el pasado 9 de mayo el Tribunal Supremo obligó a BBVA, NovaCaixaGalicia y Cajamar a eliminar sus 'cláusulas suelo', pero no a devolver el dinero cobrado de más a los afectados. Sin embargo, desde esa fecha ya se han emitido varias sentencias que establecen la anulación de dichas condiciones con efecto retroactivo. Es el caso de las demandas ganadas por Adicae contra Cajamar, Ipar Kutxa y ahora Unicaja. Para esta última entidad, ésta no es la primera resolución contra sus cláusulas suelo: el pasado 9 de abril el mismo juzgado de lo mercantil número 2 de Málaga la condenó a devolver 2.500 euros a un afectado representado por Ausbanc. Dicha organización asegura haberse anotado varias victorias judiciales más en la provincia contra otros bancos.
Durante el proceso judicial que ha desembocado en la sentencia conocida ayer, Unicaja se defendió alegando que las cláusulas suelo no constituyen una condición general de la contratación que pueda considerarse abusiva, afirmando que fueron negociadas individualmente con cada uno de los hipotecados. Sin embargo, la jueza considera que la negociación particular es «una excepción» y que se trata de una cláusula «generalmente impuesta y predispuesta por la entidad bancaria al usuario», ya que la supuesta «pluralidad de ofertas» alegada por la entidad «están igualmente estandarizadas con base a cláusulas predispuestas y sin posibilidad real alguna de negociación por el consumidor medio».
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«Contraria a la buena fe»
La sentencia argumenta que la cláusula suelo supone «una clara ruptura del equilibrio de las prestaciones» ya que viene a cubrir « única y exclusivamente el riesgo de una de las partes contractuales, el banco prestamista, pero no lo hace en relación a la otra, el consumidor». Por ello califica la actuación del banco de «contraria a la buena fe» y dice que dichas cláusulas sólo serían lícitas siempre que «su transparencia permita al consumidor identificarlas y conocer el reparto real de riesgos de la variabilidad de los tipos».
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