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Se dirigía de su casa al trabajo en un coche patrulla cuando, de repente, un manguito del radiador explotó y el agua caliente le cayó sobre las piernas mientras conducía. El policía local sufrió quemaduras y reclamó al Ayuntamiento de Málaga, que ahora tendrá que indemnizarlo por las lesiones.
En lo que se ponen de acuerdo las partes es en la cuantía. El agente solicita 109.318 euros, mientras que el Consistorio la considera excesiva y propone la suma de 18.385 euros. El caso ha llegado incluso al Consejo Consultivo de Andalucía, que acaba de emitir un dictamen -al que ha tenido acceso SUR- en el que considera «más acorde a los daños sufridos la indemnización propuesta por la Administración».
El accidente tuvo la consideración de accidente laboral, ya que se produjo 'in itinere' y en un vehículo oficial de la plantilla de la Policía Local. El coche sufrió una rotura del conducto de agua caliente al radiador de calefacción, que pasa justo por encima de las piernas del conductor, según detalla la resolución del Consejo Consultivo.
Los hechos, que ocurrieron el 1 de marzo de 2016, han quedado acreditados en el expediente mediante las pruebas restificales y un informe de la propia Policía Local, en el que se indica que el vehículo había pasado la inspección técnica obligatoria (ITV) por última vez el 21 de julio de 2014 y estaba en vigor hasta el 21 de julio de 2016. La última revisión mecánica -aceites, frenos, correa de distribución...- consta el 10 de junio de 2013 cuando el automóvil tenía 257.400 kilómetros.
«La existencia de relación de causalidad es, por tanto, innegable, como reconoce la Administración«, explica el Consejo Consultivo en su resolución, »en la medida en que ha de calificarse -continúa- como un caso fortuito pues se trata de un acontecimiento o hecho imprevisible, pero inserto en el funcionamiento interno del servicio y evitable mediante las oportunas inspecciones, cuidados y controles, para evitar posibles daños como el que se ha producido«.
Respecto a la cuantía, el consultivo expone que, en primer lugar, no consta en el expediente si el agente ha sido indemnizado por otras vías, como por ejemplo la aseguradora del coche, elemento que habrá que tener en cuenta antes de calcular cuánto corresponde pagar a la Administración.
En cualquier caso, en el dictamen de este organismo se considera «más acorde» la cifra propuesta por el Ayuntamiento y rechaza la partida solicitada por el policía local en concepto de «perjuicio moral por pérdida de calidad de vida» y también por «lucro cesante» al considerar que ninguno de esos conceptos ha sido probado.
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