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Se aprovechó de la inocencia de una joven, quien completamente ilusionada con poder llegar a conocer a sus ídolos acabó cayendo en la trampa. Tras hablar con quien creía que era una chica de su edad a través de Instagram, se prestó a mandarle algunas fotos íntimas con la idea de que así la pondría en contacto con los hermanos gemelos Jesús y Daniel Oviedo, que forman el grupo musical Gemeliers. Sin embargo, nada era cierto. No charlaba con ninguna adolescente, sino con un hombre de 44 años que la había engañado para hacerse con sus imágenes, algo por lo que la Audiencia Provincial de Málaga lo ha condenado.
Durante el juicio, el procesado reconoció los hechos, que tuvieron lugar a primeros del año 2017. Fue entonces cuando el procesado contactó con la menor de edad, que entonces tenía 15 años. Para ello, utilizó una cuenta de Instagram del citado grupo musical, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico.
El hombre no desveló su verdadera identidad en ningún momento. Se presentó a la víctima como una joven de su edad, con la que compartía su mismo gusto musical y que también era seguidora de Gemeliers. De esta forma, consiguió su número de teléfono.
Fue entonces cuando el procesado lanzó el anzuelo. Según se explica en la resolución judicial, le dijo que le mandara fotos «súper atrevidas» del pecho y de otras zonas íntimas, con las que podría ponerla en contacto con los cantantes gemelos Jesús y Daniel Oviedo.
Para reforzar su engaño y haciéndose pasar en todo momento por una adolescente de la edad de la víctima, le aseguró que ella ya había mandado una imagen de su vagina a los hermanos. De esta forma, afirman los magistrados, el hombre incitó a la víctima y consiguió que le remitiera fotos íntimas suyas.
Pero el procesado fue más allá. Siempre según se indica en la sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso este periódico, el hombre llegó a mandarle a la joven dos fotografías de índole sexual de un varón.
Sin que haya quedado acreditado que el procesado supiera que la víctima era menor de 16 años, los magistrados lo han condenado finalmente como autor de un delito de captación de menores de edad con fines exhibicionistas, pornográficos o para la elaboración de este tipo de material. Le imponen una pena de dos años de cárcel, así como otros dos más de libertad vigilada.
Asimismo, la condena de la Audiencia Provincial le prohíbe desempeñar cualquier profesión y oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante cinco años, así como la obligación de realizar un curso de reeducación sexual por el tiempo que se estime necesario. Como indemnización, tendrá que abonar 3.000 euros a la víctima.
En la sentencia se explica que los magistrados han otorgado al condenado la suspensión de la pena durante el plazo de tres años. Se trata de una medida condicionada en base a una serie de factores, como no volver a delinquir y pagar la indemnización establecida para la joven. Si incumpliese alguno de estos requisitos, se verá obligado a cumplir la pena de dos años de cárcel establecida en la resolución judicial.
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