Pensiones 2021: Este es el mínimo de años que tiene que cotizar un autónomo para cobrar una prestación contributiva
Para el cálculo de la pensión es necesario tomar de referencia los años cotizados y la base de cotización
El cálculo de la pensión de un trabajado por cuenta propia no siempre es tarea sencilla, ya que puede haber tenido periodos en los ... que su cotización ha sido mínima, que no haya podido cotizar o, incluso, que no se haya alcanzado el número de años mínimos para conseguir el 100% de la jubilación.
La base de cotización para los autónomos menores de 47 años (con fecha a partir del 1 de enero de 2019) puede ser libremente elegida por ellos, aunque dentro de los límites de la base mínima (944,40 euros al mes) y máxima (4.070,10 euros). La misma libre elección tienen los trabajadores autónomos que en esa fecha tuvieran 47 años, si su base de cotización en diciembre de 2020 ha sido igual o superior a 2.052 euros mensuales. En cambio, a partir del 1 de enero de 2021 los autónomos que hayan cumplido 48 o más años tendrán una base de cotización entre 1.018,50 y 2.077,80 euros al mes. Estas son los principales supuestos, aunque existen otras exenciones y supuestos que pueden ser consultados con detalle en la norma sobre cuánto se debe cotizar en el Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones.
Pero, además de la base, existe el factor de los años cotizados. La reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 modifica año tras año, tanto la edad de acceso al retiro, como la forma de calcular la prestación de aquellos que vayan a jubilarse. Así, se ha previsto ir aumentando de 65 a 67 años la edad para acceder a la jubilación ordinaria, así como para el periodo mínimo de cotización, que subirá desde los 35 años en 2019 hasta llegar a los 38 años y 6 meses en 2027. En cuanto a los años exigidos para cobrar el 100% de la pensión, se mantendrán en 36 hasta 2022.
Pero, no todos los autónomos que tienen la edad mínima exigida por ley para acceder a la jubilación tienen también el periodo mínimo exigido para cobrar el 100% de su prestación. En estos casos, la ley fija el mínimo de años para tener derecho a cobrar, al menos, una parte de su base reguladora. En este caso, el mínimo para cobrar una pensión contributiva, aunque no sea el 100%, son 15 años, de los cuales al menos 2 deben haber sido en los 15 años previos a la jubilación.
Para llegar a estos años, se establece que los autónomos, según la norma, están obligados a cotizar desde el día que se dan de alta y esta obligación se mantiene incluso durante las situaciones de incapacidad temporal, embarazo, lactancia o periodos de descanso de maternidad o paternidad.
Para calcular la pensión que va a cobrar el autónomo se utilizan dos elementos: la base reguladora y los porcentajes aplicables a esta última. De esta forma, en el caso de que el autónomo sí cumpla los requisitos para acceder a una pensión contributiva (contar con la edad legal, tener 15 años cotizados y que, además, dos de ellos se comprendan en los últimos 15-, se calculará su prestación aplicando un porcentaje sobre la base reguladora, que empezaría a contar desde el 50%.
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