Imagen de las obras de construcción del nuevo chiringuito en El Morche. SUR

Ecologistas denuncian irregularidades en la construcción de un chiringuito en El Morche

Gena detecta diversos incumplimientos de la normativa en la ejecución de un establecimiento de obra en la arena, que cuenta con permisos de la Junta y el Ayuntamiento

Miércoles, 19 de febrero 2020, 11:41

El Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía (GENA-Ecologistas en Acción) ha presentado ante la Junta de Andalucía una denuncia sobre unas ... supuestas irregularidades detectadas en la construcción de lo que es «el primer chiringuito de obra que se está construyendo en la playa urbana de El Morche«. Concretamente, se encuentra a unos 240 metros del recinto del campo de fútbol de este núcleo costero perteneciente al municipio de Torrox.

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En este enclave se está construyendo un establecimiento de servicio de comidas y bebidas, tipo chiringuito, en el mismo emplazamiento en el que anteriormente había un local denominado Chiringuito Paco. «La obra cuenta con la preceptiva autorización de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de Torrox, se entiende que tiene autorización de la Junta, en cumplimiento del Reglamento de la la Ley de Costas de 2014, y en particular, en lo que respecta a sus dimensiones y características, al artículo 69 de dicho Reglamento. Según este Reglamento, se entiende que la playa de El Morche, en este tramo, es una playa urbana donde el Reglamento admite que se hagan establecimientos con estructura fija, en una superficie no superior a los 200 metros«, explican los ecologistas.

Aunque como organización ecologista GENA no estén de acuerdo con este tipo de construcciones fijas en el dominio público marítimo-terrestre, «asumimos que esta concesión ha debido ajustarse a las prescripciones establecidas por el Reglamento de Costas», detallan en un comunicado de prensa, en el que consideran que hay elementos de obligado cumplimiento que precisan una confirmación. Así, piden saber si se ha realizado el preceptivo cambio de tipología del establecimiento, es decir, la baja del quiosco y el alta del chiringuito.

Según el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Costas, un establecimiento fijo en playa urbana tiene un máximo de 200 metros cuadrados de materiales fijos, se entiende que hormigón, de los cuales sólo 150 pueden ser cerrados. El resto, hasta 300 metros cuadrados es desmontable. «Nuestra inspección de la obra nos muestra que han construido unos cimientos de hormigón que cubren los 300 metros cuadrados de todo el establecimiento, excepto una cuadrícula de unos 10 metros cuadrados que hay en el ángulo que queda libre, en cualquier caso una superficie muy superior a los 200 metros máximos«, sostienen.

Los ecologistas alertan de que, además de los cimientos, «existen estructuras fijas de hormigón tipo columnas en toda la superficie del establecimiento». «Se podría admitir en los 200 metros cuadrados de la parte fija, tanto la cerrada como la abierta, pero de ningún modo se puede admitir en la parte abierta y desmontable del resto del establecimiento, hecho que consideramos otro incumplimiento del artículo 69 del Reglamento de Costas«, apuntan.

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Distancia a la orilla

El incumplimiento de la distancia mínima a la línea de pleamar es otro de los incumplimientos que se producen, a juicio del colectivo ecologista que preside Rafael Yus en la Axarquía. Según este responsable, únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades que por su naturaleza no puedan tener otra ubicación. «Se da la circunstancia de que al otro lado del paseo marítimo, a pocos metros de esta nueva obra, ya hay establecimientos que pueden ofrecer ese mismo servicio sin necesidad de ocupar el dominio público de forma fija», argumenta.

Además, desde la organización ecologista sostienen que no se ha detectado ninguna actuación para asegurar el debido saneamiento de esta instalación. «En todo caso, observamos este hecho para que, en su momento, sea confirmado», añaden, al tiempo que apuntan que en el apartado 8 del mencionado artículo del Reglamento se establece que la Administración Autonómica debe asegurar, con esta autorización, que esta obra se realice de forma homogénea a lo largo de la playa, hecho que sin duda no puede cumplir porque es la primera obra de estas características«, apostilla Yus en el escrito remitido a la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

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Por último, el colectivo entiende que, tal y como establece el artículo 92, una autorización de estas características debe haberse realizado evaluando los efectos potenciales del cambio climático. «Si tenemos en cuenta que el tiempo de concesión puede ser de 50 años prorrogable por transmisión, el Estado está asumiendo que protegerá a esta instalación frente a los rigores (inundaciones) previstas por el cambio climático«, argumenta Yus, para quien estas previsiones »no aconsejan la autorización de estructuras fijas, que hipotecarán al Estado frente a un bien que, aunque concesional, es privado«.

Por su parte, fuentes municipales del equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento de Torrox apuntaron a este periódico que el proyecto cuenta con la autorización de la Delegación de Medio Ambiente de la Junta y está siendo supervisado por los técnicos tanto de este departamento como del propio Consistorio torroxeño.

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Imagen del antiguo Chiringuito Paco, donde ahora se construye el nuevo. SUR

 

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