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El Gobierno de PP-Cs impulsa una nueva ley del suelo que da carpetazo a varias normas socialistas sobre urbanismo

El Gobierno de PP-Cs impulsa una nueva ley del suelo que da carpetazo a varias normas socialistas sobre urbanismo

La ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía se tramitará por la vía de urgencia y derogará tres leyes y tres decretos, además de parte del articulado y disposiciones de 16 leyes y otros tres decretos

Lunes, 18 de mayo 2020, 17:10

El Gobierno de PP-Cs en la Junta de Andalucía ha aprobado hoy en su reunión semanal iniciar los trámites de una nueva ley del suelo que da carpetazo a varias normas socialistas sobre urbanismo y ordenación del territorio. Entre las leyes que suplirá están la Ley de Ordenación Urbanística (LOUA) y la Ley de Ordenación del Territorio e incorporará el reciente decreto de viviendas irregulares. La nueva norma se denominará de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, con el acrónimo de LISTA. Comparte la misma filosofía de reducción de la maraña administrativa del Decreto Ley de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva aprobado en marzo y suspendido solo en parte por el Tribunal Constitucional. Por ello la nueva ley derogará tres leyes y tres decretos, además de parte del articulado y disposiciones de 16 leyes y otros tres decretos.

El Gobierno andaluz pretende que se tramite por vía de urgencia para acortar a la mitad los plazos de dos años que suelen tardar su aprobación por el Parlamento andaluz. La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, ha subrayado que con esta ley se facilitará «la generación de riqueza y empleo» con la agilización de trámites en el planeamiento urbanístico de los ayuntamientos y supresión de trámites para que «no sean freno de la economía». También se presenta como una norma que «mejore la vida» de los andaluces y sea «un revulsivo económico frente a la Covid-19». El bipartito busca «cambiar la forma de hacer ciudades y pueblos» y «dar oportunidad a la generación de empleo», añade Carazo.

Distingue varios tipos de suelos rústicos e impulsa la iniciativa privada en la gestión y ejecución de planes urbanísticos

La consejera ha explicado que aunque se pretenda tramitar por la vía de urgencia esto se hará «sin menoscabar la participación» de los agentes sociales, administraciones y sectores concernidos. El texto comenzará hoy su fase de audiencia. La consejera de Fomento también ha subrayado que la norma busca incorporar «la perspectiva de sensibilidad territorial y del paisaje» y ha negado a preguntas de los periodistas que esté pensada para fomentar la construcción de viviendas, sino para incentivar la economía y acabar con la maraña de normas relacionadas con el urbanismo. En este sentido tanto Carazo como el consejero de Presidencia y Portavoz, Elías Bendodo, han recordado que la LOUA, a la que sustituirá, «ha sufrido hasta 11 modificaciones en 18 años que han enmarañado aún más la normativa urbanística». Frente a ello, apunta, con la norma que se aprueba se dotará de una legislación sistemática, coherente y ordenada, no sólo por política legislativa, sino para facilitar su conocimiento a sus destinatarios.

En ese intento de clarificar se aunará en un único texto legal la regulación en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se reducirá el articulado en un 30%. Además, se adecuará el modelo de clasificación del suelo a la legislación estatal, ha explicado Carazo.

Con el objetivo de agilizar los instrumentos de ordenación territorial y urbanística y el proceso de tramitación y aprobación se prevé que se reduzca a año o año y medio la aprobación de un plan general, que hasta ahora supone entre ocho y diez años de media. Para ello se reducirán los informes sectoriales requeridos por ahora.

La norma distinguirá requisitos diferentes para el planeamiento de los municipios en función del tamaño y dinámica y fomentará la colaboración público-privada en la ejecución del planeamiento. Además, se articulará un modelo de planes urbanísticos menos rígido, atribuyendo a los instrumentos de planeamiento de desarrollo, y no al instrumento de planeamiento general, la ordenación detallada de cada ámbito, expone la reseña facilitada por el Gobierno andaluz.

Nueva definición de suelo

La ley distingue entre suelo urbano y suelo rústico. El rústico también se clasifica en cuatro tipos: especialmente protegido, preservado por existencia de riesgos y preservado por ordenación territorial, y común. Los especialmente protegidos son aquellos que requieren tal condición por aplicación de la legislación sectorial (de aguas, medio ambiente…) ; El suelo rústico preservado por existencia de riesgos medioambientales, sísmico, deslizamientos, entre otros; El suelo rústico preservado por ordenación territorial y/o urbanística es aquel en cuya transformación es necesaria preservar por motivos paisajísticos y agrícolas; Y el suelo rústico común es el natural o rural conforme a la ley vigente y el susceptible de transformación urbanística si cumple los requisitos de los planes de ordenación urbana y el plan territorial.

Esta ley también establece como novedad un sistema dual de planeamiento que comprende el Plan de Ordenación Municipal, que marca el modelo general de ordenación del municipio; y el Plan de Ordenación Urbana, de ordenación de la ciudad existente, para dar respuesta a sus necesidades de regeneración y rehabilitación.

Además, incorpora instrumentos de segundo nivel, como los estudios de ordenación, para atender las necesidades de renovación urbana en suelo urbano, y los proyectos de actuación municipal, con objeto de regular usos en los terrenos en que se propongan actuaciones extraordinarias en suelo rústico.

«Se impulsa el papel de la iniciativa privada de carácter empresarial en la gestión y ejecución de planes, en las actuaciones de transformación urbanística y en el suelo urbano, removiendo trabas innecesarias, pero siempre garantizando la viabilidad técnica y financiera del proyecto», explica la reseña de la consejería.

Respecto a la ejecución urbanística, se establece una modalidad simplificada del sistema de compensación, permitiendo tramitación simultánea del instrumento de ordenación, proyecto de reparcelación y proyecto de urbanización.

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