Condenados por estafar a seis parejas con una multipropiedad en Mijas
Los afectados pagaron hasta 16.932 euros por el derecho a una semana de vacaciones que en realidad los condenados no poseían
EFE
Jueves, 23 de abril 2009, 20:15
Tres personas han sido condenadas a dos años y medio de cárcel por estafar a seis parejas sevillanas en la venta de un apartamento en Mijas (Málaga) en régimen de multipropiedad que en realidad no poseían, y además a cuatro de ellas adjudicaron la misma semana para disfrutarlo.
La sentencia de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, dice que los acusados M.A.D.M., N.D.R. y F.M.R.D. crearon una empresa denominada Kumana Tours que entre noviembre de 2002 y febrero de 2003 convocó diversas reuniones informativas en hoteles de Sevilla en las que ofrecía "regalos por el solo hecho de acudir".
"Una vez en los hoteles y tras bombardearles con folletos, vídeos y charlas", ofrecieron a los compradores hacerse socios de un club de vacaciones que les daba derecho al uso y disfrute de un apartamento en el denominado Club Marbella, situado en la localidad de Mijas (Málaga).
Los afectados pagaron hasta 16.932 euros por el derecho a una semana de vacaciones que en realidad los condenados no poseían y además a cuatro de las seis parejas afectadas "llegaron a venderles el mismo apartamento y turno, lo que no deja la menor duda sobre la intención delictiva de los acusados", según los jueces.
Los compradores "efectuaron el pago confiados en que adquirían una semana de vacaciones en un apartamento y en la creencia de que, de no satisfacerles, se podrían retractar y la empresa vendedora se encargaría de gestionar la reventa".
Tras la firma de los contratos, los perjudicados intentaron ponerse en contacto con los responsables de Kumana Tours para resolver el contrato, pero no obtuvieron respuesta porque habían abandonado la sede que habían abierto en Sevilla y poco después la de Madrid.
La sentencia absuelve por otras tres operaciones en las que no se observa "una voluntad inicial de incumplir lo pactado", en una de ellas porque los compradores recibieron un apartamento aunque era distinto al acordado, en otra porque decidieron no hacer uso del mismo y optaron por la reventa, aunque finalmente no prosperó, y una tercera denunciante, que posteriormente enviudó, no acudió al juicio.
Dicen los jueces que los acusados consiguieron convencer a los compradores de una forma "insistente y abrumadora", pues les ofrecían regalos "por el simple hecho de asistir a las reuniones en los hoteles", donde les enseñaban folletos, les ponían vídeos, les entregaban los regalos y les ofrecían facilidades de pago.
La sentencia rechaza los dos argumentos de la defensa, que alegó que los denunciantes no recibieron su certificado de socio porque no abonaron la cuota de mantenimiento y que la venta del mismo apartamento a distintas personas fue un error que luego subsanaba la empresa de mercadotecnia.
La sentencia también aprecia irregularidades porque los contratos suscritos por los denunciantes no se ajustaban a la ley de derechos de aprovechamiento de inmuebles de uso turístico, si bien se trata de algo que deben reclamar por la vía civil y que "resultan insuficiente para hablar de la existencia de estafa".
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