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Sábado, 31 de mayo 2008, 04:20
La Unidad de Costas del Área Funcional de Fomento recordó ayer a través de delegación algunas de las limitaciones que la vigente Ley de Costas y su Reglamento de desarrollo, imponen a la hora del uso y disfrute de las playas y zonas costeras, por cuanto que su misión es preservar el entorno y no tener que hacer uso de la actividad sancionadora, derivada de las denuncias que al respecto les remite en el ejercicio de sus funciones y competencias el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.
Así, se trata de recordar a los ciudadanos que el aparcamiento en referidas zonas costeras y plazas, constituye una infracción que habitualmente viene siendo denunciada y sancionada con multa de al menos 90 euros. Igualmente la interrupción con barcazas, coches u otros de las zonas de acceso al mar pudiera constituir una infracción grave, aumentando el importe de la multa correspondiente.
Como es natural, están también prohibidos, aunque sobre ello la ciudadanía está mejor informada, los vertidos de escombros y basuras o la utilización del dominio marítimo terrestre para fines particulares sin la debida autorización, razón por la que son igualmente susceptibles de sanción las acampadas o el varado en las playas de embarcaciones, por incumplir las normas dictadas al respecto.
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