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MONTSE MARTÍN
Miércoles, 10 de octubre 2012, 03:42
El dueño del grupo Mirador, Enrique Faura, y el apoderado de la constructora, su hermano Leopoldo, han sido condenados a dos años de cárcel cada uno por quedarse con los casi 400.000 euros que le entregaron los compradores de unas viviendas en Vélez-Málaga que no construyeron. La Audiencia de Málaga considera a los hermanos Faura autores de sendos delitos continuados de apropiación indebida, por lo que además de la pena de prisión les condena a indemnizar a los doce perjudicados mediante la devolución de las mismas cantidades que les entregaron por los pisos (una media de 30.000 euros cada uno) más los intereses legales que correspondan.
La sentencia considera probado que Enrique y Leopoldo Faura, como administrador único y apoderado, respectivamente, de la entidad Mirador de la Fortaleza vendieron durante los años 2004 y 2005 la promoción del mismo nombre integrada por 96 viviendas.
Los procesados no llegaron a afianzar las cantidades ni tampoco constituyeron una cuenta especial destinada al ingreso de las cantidades que le entregaron los compradores. Las viviendas no fueron construidas al no obtener siquiera licencia de obras y tampoco devolvieron a los clientes cantidad alguna, salvo a uno de ellos, que tras numerosos intentos para recuperar el dinero consiguió que Mirador le devolviera 4.500 euros, de los 25.000 que le pagó. A otro cliente, la constructora le entregó dos pagarés en concepto de devolución que resultaron impagados.
La resolución de la Sección Primera de la Audiencia de Málaga señala que «no ha quedado debidamente acreditado» que el dinero entregado por los doce compradores fuese finalmente destinado a la promoción Mirador de la Fortaleza y añade que algunas de las letras de cambio libradas por los acusados, en algunos casos, «eran giradas a favor de otras promociones de viviendas del grupo Mirador». Agrega que finalmente los terrenos donde se iban a edificar los pisos fueron vendidos por Mirador a otra empresa en 2008.
«Particular beneficio»
En cuanto al destino que los hermanos Faura dieron a los 400.000 euros que le entregaron los afectados, la sentencia afirma que «no ha quedado suficientemente acreditado» si esta suma se utilizó para otras promociones de Mirador que sí habían obtenido licencia municipal o «sencillamente las utilizaron para su particular beneficio». Destaca, no obstante, que lo que «sí ha quedado acreditado» es que la parte utilizada para la promoción en la que estaban incluidas las viviendas que los perjudicados debieron recibir en su momento, «fue mínima, limitándose únicamente a movimiento de tierras y limpieza de la zona».
Asimismo, subraya que los procesados no avalaron el dinero de los compradores y que la póliza general suscrita en 2002 que justificaron tener y que no pudieron individualizar al no haber conseguido la licencia de obras, «en nada afecta al incumplimiento de tal obligación legal, pues ese aval general era anterior a las entregas de los compradores, por lo que difícilmente podían garantizarlas».
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