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La macrocausa abierta por el conocido como 'caso Scándalo' ha quedado completamente diluida con penas mínimas para los condenados y con la gran mayoría de los encausados absueltos. Este viernes la Audiencia Provincial de Málaga ha dado a conocer la sentencia de esta operación, en la que los procesados se enfrentaban a durísimas penas que, en conjunto, rozaban los 4.000 años de privación de libertad. Pero la resolución judicial ha desinflado las pretensiones de la Fiscalía, y las condenas, finalmente, suman poco más de cuatro años de cárcel.
Concluye así una causa que comenzó a instruirse en 2009, cuando la policía llevó a cabo varios registros en los los clubes Scándalo de Málaga y Córdoba, así como en otro llamado Las Estrellas de Torremolinos. Fueron procesadas una veintena de personas, acusadas de graves delitos como 167 de explotación sexual, contra la salud pública y contra los derechos de los trabajadores.
Ahora la Audiencia Provincial de Málaga acaba de absolver de todas estas acusaciones a los 20 acusados y únicamente condena a dos como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores, retirándoles el resto de cargos que pesaban sobre ellos. La condena impuesta es de dos años y dos meses de cárcel para cada uno de ellos, así como el deber de pagar una multa de 42.000 euros para uno y de 6.300 euros para el otro.
Se trata de los dos responsables de los clubes. Así se refleja en la resolución judicial, en la que se explica que uno de ellos dirigía los negocios de alterne y prostitución. El otro, precisa la sentencia, actuaba siempre bajo las órdenes y directrices del primero, con el objetivo de ocultar su presencia en la explotación de la citada actividad en los tres locales.
Pese a que no existe ningún tipo de contrato que los vincule, en la sentencia se asegura que todas las mujeres que ejercían el alterne y la prostitución en estos locales -siempre de manera voluntaria- habían sido empleadas por los dos condenados. Asegura que uno de ellos era el propietario y verdadero responsable de trazar las líneas maestras de la gestión del negocio, mientras que el otro era el administrador de los clubs y responsable directo de que se llevasen a la práctica las instrucciones de su jefe.
Sobre el resto de acusados, a los que la Fiscalía también señalaba como administradores, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial aseguran que no tenían condición de empleadores. Explican que se encargaban de aspectos como la seguridad o de los cobros, actividades subalternas, por lo que quedan absueltos.
En la sentencia se asegura que las mujeres ejercían el alterne y la prostitución bajo la dependencia y relación laboral encubierta con los responsables de los clubs citados. En concreto –continúa la resolución judicial–, imponían el horario de trabajo, el precio de las relaciones sexuales o de las consumiciones a las que eran invitadas por los clientes, de las que el negocio se llevaba el 50 por ciento.
Entre otros aspectos, los magistrados de la Audiencia Provincial señalan que el club ubicado en la capital malagueña tenía «un horario excesivo». Exponen que eran de trece y catorce horas, lo que han calificado como «abusivos».
En la resolución judicial se indica que existía una intromisión por parte los responsables de los clubs en la vida sexual de las mujeres que ejercían el alterne y la prostitución. Se afirma que supervisaban el uso de las habitaciones y la duración de los servicios sexuales realizados.
Respecto al local de Málaga, los magistrados indican que en 2009 tenía una capacidad de 27 plazas, distribuidas en 27 habitaciones individuales. Sin embargo, cuando se llevó a cabo uno de los registros, fueron identificadas 74 mujeres. Esto, según manifiestan, constituye un hacinamiento, por cuanto había una habitación por cada cuatro o cinco mujeres, eso sin contar a sus factibles acompañantes.
En la sentencia de 200 páginas, se asevera que los responsables de los tres clubs se lucraban de la prostitución que era ejercida en esos locales. Pero también asegura que no ha quedado acreditado en el juicio que ninguno de los procesados obtuvieran ingresos económicos explotando una situación de necesidad o vulnerabilidad que afectase a las mujeres que ejercían la prostitución. Pese a que en los clubs se consumían sustancias estupefacientes, especialmente cocaína, tampoco ha quedado demostrado en el juicio que ninguno de los 20 procesados consintieran, facilitaran o fomentaran la venta de drogas.
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