Borrar
Luces en la bicicleta: ¿Es obligatorio llevarlas? ¿De qué tipo?

Luces en la bicicleta: ¿Es obligatorio llevarlas? ¿De qué tipo?

La Guardia Civil recuerda los puntos lumínicos que debemos llevar siempre al circular en bici

Enrique Miranda

Málaga

Sábado, 17 de octubre 2020, 21:09

Sabemos que hay que utlizar cascos, que se debe circular por los carriles bici o por el arcén o la parte derecha imprescindible de la calzada extremando la precaución y que no se deben utilizar dispositivos móviles o de audio que pueden distraernos de la conducción. Al circular en bicicleta hay que tomar todas las precauciones posibles ya que se trata de un vehículo frágil en el que el ciclista está muy expuesto en caso de accidente.

Pero ¿y las luces? ¿Nos paramos a pensar en la luces de nuestra bicicleta, especialmente ahora en otoño e invierno, cuando hay menos horas de luz y por tanto menos visibilidad? Muchos usuarios de bicicletas no son conscientes de que es obligatorio llevar determinados puntos de luz en la bicicleta. Como mínimo, el Reglamento General de Vehículos deja claro que las bicicletas tienen que llevar los siguientes dispositivos lumínicos:

-Reflectante (catadióptrico) trasero de color rojo, que no puede ser de forma triangular

-Una luz de posición blanca en la zona delantera

-Una luz de posición roja en la zona trasera.

Además hay una serie de reflectantes que no son obligatorios, pero sí recomendables. Se colocan en ruedas o pedales y ayudan a aumentar la visibilidad del ciclista. Estos son opcionales, pero son muy útiles. Muchas bicicletas vienen ya con estos puntos lumínicos incorporados.

Estas luces deben utilizarse «para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de 'túnel' o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad», dice el Reglamento General de Vehículos. Al ser obligatorios, incluso nos pueden multar por no llevarlos, aunque no es frecuente. De día y con buenas condiciones de visibilidad, no son obligatorias.

Elementos obligatorios y recomendables en la bicicleta DGT

Además, en caso de circular por carretera, es obligatorio llevar algún tipo de prenda reflectante que aumente la visibilidad del ciclista ante los conductores. La normativa no indica específicamente que tenga que ser un chaleco, como en el caso de los coches, así que puede ser una prenda deportiva o una mochila, siempre que sea homologada.

La Guardia Civil ha publicado recientemente un mensaje en Twitter recordando la importancia de dejarse ver al circular en bicicleta.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Luces en la bicicleta: ¿Es obligatorio llevarlas? ¿De qué tipo?