
El Málaga tiene muy claro que no hubo alineación indebida frente al Racing el pasado sábado y para ello se basa en el artículo 223 bis del Reglamento General de la Federación Española de Fútbol llamado 'Concepto de alineación', en el que se especifica exactamente el término 'participación activa', en el que se basa el argumento para defenderse de la denuncia presentada por el equipo cántabro.
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El artículo en sí dice: «Se entiende por alineación de un futbolista en un partido, su actuación, intervención o participación activa en el mismo, bien por ser uno de los futbolistas titulares, o suplentes cuando sustituyan a un futbolista durante los partidos, con independencia del tiempo efectivo de actuación, intervención o participación».
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