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Bono social térmico: estos son los beneficiarios de la ayuda directa para gastos de calefacción

Bono social térmico: estos son los beneficiarios de la ayuda directa para gastos de calefacción

Esta subvención está ligada al bono social de electricidad

Raquel Merino

Málaga

Domingo, 21 de enero 2024

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado que la subida del precio de la bombona de butano, que acumula un 10% al alza desde noviembre, afecta a los hogares más vulnerables, «especialmente en zonas rurales, donde a menudo es la fuente de calefacción habitual», por lo que ha exigido que «se impulse y agilice la concesión del bono social térmico» por parte de las comunidades autónomas.

Pero, ¿qué es el bono social térmico? ¿Quiénes se pueden beneficiar de él?

Se trata de una ayuda económica directa destinada a compensar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina, sin importar la fuente de energía utilizada. Está vinculada a la concesión del bono social eléctrico, es decir, se pueden beneficiar de esta ayuda solo aquellas personas en situación de vulnerabilidad a las que se les haya concedido el bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.

A diferencia del bono social eléctrico no hay que solicitarlo, sino que se comunicará por correo ordinario a los potenciales beneficiarios de la cuantía que le correponde y se les informará de los pasos que tiene que seguir y los plazos para validar esta ayuda. El importe va a depender del grado de vulnerabilidad que se le ha reconocido en el bono social eléctrico y de la zona climática en la que se encuentre su vivienda habitual.

Una vez recibida la notificación, el trámite se puede validar por vía telemática en la web del Sistema de Gestión del Bono Social Térmico. Una vez dentro, la persona beneficiaria abrirá el formulario «tramitación» con su DNI/NIE y el PIN de autentificación que ha recibido por carta, para ratificar o modificar su número de cuenta bancaria para el pago. También podrá realizar otras gestiones, como la renuncia a la prestación, en su caso.

Si quiere autorizar a otra persona para recibir la transferencia en su nombre tiene que cumplimentar el escrito que se encuentra en la web y remitirlo, junto a la copia del NIF/NIE de la persona que autoriza y del titular de la cuenta bancaria, a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, apartado de correos 1046-41080 Sevilla, indicando en el asunto 'Bono Social Térmico'.

También se atenderá a las personas que prefieran realizar el trámite por otra vía en el teléfono gratuito 900 101 220, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Una vez que las personas beneficiarias hayan completado, confirmado o modificado los datos necesarios para el pago del bono social térmico, la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente ordenará el pago de la ayuda por los importes correspondientes.

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