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Una joven pasea su perro por el paseo marítimo de Huelin.
¿Cómo me afecta la nueva norma de perros si vivo en Málaga capital?

¿Cómo me afecta la nueva norma de perros si vivo en Málaga capital?

La ordenanza, que entrará en vigor en abril, obliga a los dueños a registrar el ADN de sus mascotas y permite el acceso a espacios públicos siempre que no haya una prohibición expresa

Francisco Jiménez

Viernes, 17 de marzo 2017, 15:48

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La nueva ordenanza municipal de Bienestar y Protección Animal del Ayuntamiento de Málaga será aprobada definitivamente en el pleno ordinario de este mes (jueves 30) y entrará en vigor en cuanto salga publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), un trámite que se espera que ocurra a lo largo del mes de abril. Este nuevo documento, que viene a sustituir la actual que regula la tenencia de animales, incluye una serie de novedades, entre las que destacan la obligación de los dueños de perros a registrar el perfil genético de su mascota, de forma que el Consistorio sancionar a quienes los abandone o maltraten, y también a quienes no recojan los excrementos. Del mismo modo, también se permitirá el acceso a espacios públicos, siempre que no esté expresamente prohibido.

¿Cuándo y cuánto cuesta registrar el ADN canino?

Una vez que la ordenanza entre en vigor, los dueños de los 98.000 perros que hay censados en Málaga tendrán seis meses de plazo para registrar el ADN de sus mascotas en un banco genético municipal. La extracción de sangre para la obtención del perfil genético se puede realizar en cualquier clínica veterinaria y tiene y coste aproximado de 35 euros. Un dinero que saldrá del bolsillo del propietario, aunque el Ayuntamiento contempla subvenciones para familias sin recursos.

¿Qué ocurre si no registro a mi perro en el banco genético?

La no inclusión del perfil genético en los registros municipales tendrá la consideración de infracción leve y conllevará una sanción de hasta 500 euros. Sólo empezará a controlarse cuando concluya la moratoria de seis meses anteriormente citada. La única forma de que la Policía Local pueda velar por el cumplimiento de esta obligación sin tener que ir preguntando por la calle es la chapa que se le entregará al dueño del perro para que la mascota la lleve en el collar. Además, también se podrá acreditar con una tarjeta identificativa.

¿Cómo se analizarán los excrementos?

El personal de la empresa adjudicataria del servicio de control de plagas podrá tomar muestras de las heces que encuentren en la vía pública (un procedimiento que deberá ser validado por un funcionario del Área de Sostenibilidad Medioambiental) y las mandará a un laboratorio para compararla con los perfiles genéticos registrados. Aún no está definido, pero la intención es que se realicen dos batidas a la semana por distintos barrios.

¿Quién paga el análisis?

Esta prueba tiene un coste de 18 euros que, en principio, serán asumidos por las arcas públicas, aunque en el caso de localizar al propietario se le repercutirá esta cuantía. Además de la correspondiente multa por no recoger los excrementos, que suele rondar los 212 euros pero que puede llegar hasta los 500 si tiene lugar en parques, calles peatonales, zonas de gran afluencia o el entorno de centros educativos y sanitarios.

¿Puedo acceder a bares, autobuses o el metro?

Hasta ahora, los animales de compañía no pueden entrar en establecimientos públicos a no ser que el negocio en cuestión lo permita expresamente. Con la nueva ordenanza, la situación se invierte, de forma que las mascotas podrán entrar en espacios públicos como hoteles, restaurantes, tiendas o bancos siempre que no haya una prohibición expresa previa autorización administrativa. Las únicas excepciones son locales destinados a la elaboración, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos, así como espectáculos públicos, instalaciones deportivas y otros establecimientos análogos, donde siempre quedará prohibido. Además, también podrán acceder a los autobuses de la EMT y al metro, mientras que en los taxis será discrecional.

¿Se refuerza la protección de las mascotas?

Sí. La nueva nueva normativa recoge la prohibición expresa del uso de collares que puedan ser considerados de castigo, que provoquen la asfixia del perro mediante nudo, o daño debido al uso puntas o elementos eléctricos. Las correas, fijas o flexibles, y las cadenas deberán tener una extensión de entre 1,5 y dos metros, para permitir el movimiento del perro, quedando prohibidas el uso de las extensibles en canes de más de 15 kilos. Igualmente, también establece que deberá evitarse la realización de actividades en el entorno privado de los perros que alteren o perturben su bienestar psíquico, tales como ruidos excesivos o la explosión de petardos.

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