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Sábado, 19 de diciembre 2015, 00:35
Los ayuntamientos tendrán que informar a la Junta de las macrofiestas que autoricen, con objeto de que posibles inspecciones para comprobar que se cumplan las medidas de seguridad preceptivas. La Administración andaluza recordó ayer a los municipios la necesidad de extremar los controles ante cotillones y fiestas navideñas.
La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía ha remitido una carta a los 103 ayuntamientos de la provincia en la que recuerda la necesidad de que los consistorios extremen los controles administrativos previos sobre los eventos especiales que se organizan en torno a las festividades de Navidad y Fin de Año, tales como cotillones, fiestas y conciertos, con el fin de garantizar la seguridad y los derechos de los asistentes.
El delegado del Gobierno andaluz, José Luis Ruiz Espejo, mantuvo ayer una reunión con el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos y con la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la Junta de Andalucía para analizar el dispositivo de control e inspección de este tipo de eventos que se realizará en la provincia para velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad.
De este modo, según indicó Ruiz Espejo en rueda de prensa, se realizarán inspecciones a los establecimientos de esparcimiento, como discotecas, pubs y bares. Los organizadores de estos eventos tienen que obtener las preceptivas autorizaciones administrativas ante los ayuntamientos con antelación suficiente y cumplir todos los requisitos de seguridad contemplados en la normativa de Espectáculos Públicos.
Así, se pueden distinguir dos circunstancias. Por una parte, aquellos eventos que se celebran en establecimientos recreativos que habitualmente acogen otro tipo de actividades lúdicas, como el caso de un bar que pretende organizar un cotillón.
Éstos cuentan ya con una autorización en la que se regulan aspectos como su aforo, si bien han de pedir otra expresamente para esta actividad puntual considerada como «ocasional o extraordinaria».
Competencia municipal
Por otra parte, se encuentran aquellos espacios que tienen usos diferentes como una nave y que, excepcionalmente, se pretenden utilizar para albergar una fiesta o concierto, por lo que deben pedir una licencia para ello. En ambos casos, los ayuntamientos son los competentes para otorgarla, según la legislación vigente.
Ruiz Espejo indicó que la Delegación del Gobierno ha remitido también una segunda misiva a los ayuntamientos de la provincia para que informen de las fiestas de este tipo que están previstas en sus municipios para llevar a cabo las labores de inspección y control de los requisitos legales de las mismas.
La resolución municipal deberá contener las condiciones particulares, y como mínimo información del titular y organizador, objeto, duración o vigencia, aforo máximo, horario u otras condiciones particulares.
Esto se debe a que las condiciones técnicas y de seguridad necesarias no vienen sólo determinadas por el aforo o tipo de establecimiento, sino que dependen de las características y magnitud del evento que se pretende realizar en acto único y que, por tanto, desaparecen automáticamente con la celebración del mismo.
Por lo que respecta a los espacios utilizados de forma eventual o formados parcialmente por estructuras desmontables o portátiles, deberán reunir todas las condiciones técnicas de seguridad, higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad para las personas, y ajustarse a las disposiciones establecidas sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios y, en su caso, al Código Técnico de Edificación. La normativa regula, igualmente, la presencia de un servicio de vigilancia y admisión en los eventos de carácter ocasional y extraordinario.
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