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LEGISLACIÓN. El aborto se despenalizó en España en 1985, aunque para llevarlo a cabo es necesario siempre el visto bueno de un médico. / SUR
Los hospitales públicos derivan todos los abortos a la privada por la cláusula de conciencia de los médicos
MÁLAGA

Los hospitales públicos derivan todos los abortos a la privada por la cláusula de conciencia de los médicos

Las mujeres que solicitan una interrupción voluntaria de su embarazo son remitidas a clínicas que tienen un concierto con la Consejería de Salud Más de 4.500 pacientes recurren anualmente a este método en Málaga para no tener un hijo

ÁNGEL ESCALERA

Viernes, 24 de agosto 2007, 11:02

Los hospitales públicos de Andalucía no realizan interrupciones voluntarias de embarazos (IVE). Las mujeres que deciden abortar acogiéndose a los tres supuestos que contempla la ley son remitidas a clínicas privadas que tienen firmados conciertos de colaboración con la Consejería de Salud. El motivo que está detrás de ese hecho es que los médicos ginecólogos que trabajan para el sistema sanitario público andaluz se acogen a la cláusula de conciencia y no quieren practicar esos abortos.

En la provincia de Málaga hay dos clínicas concertadas que se encargan de llevar a cabo las IVE. Son el Centro Médico 2002 y la Clínica del Sur, según dijeron a este periódico fuentes de la Delegación de Salud. Añadieron que es el médico de familia de la paciente que opta por interrumpir su embarazo el que la remite a una de esas dos clínicas privadas para que se someta a un estudio médico y psicológico para determinar que el aborto se ajusta a lo indicado por la ley española. Anualmente, más de 4.500 mujeres se someten a un aborto legal en Málaga.

España despenalizó el aborto en 1985. Tres son los supuestos que recoge la ley para acogerse a una IVE. El primero contempla un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada; el segundo se refiere a que el embarazo sea el fruto de una violación, y el tercero hace referencia a graves taras físicas o psíquicas para el feto.

Hasta la semana 22

Es legal interrumpir voluntariamente el embarazo hasta las semana 20-22 de gestación. Para ello es obligatorio cumplir al menos uno de los tres supuestos anteriormente citados. En estos momentos, hay dos tipos de aborto: el farmacológico (RU), pastilla que se legalizó en febrero de 1999, y el quirúrgico, que se hace en clínicas privadas concertadas.

La ley marca que un médico debe estudiar cada caso e indicar que se puede realizar el aborto. Esa decisión la adopta cuando considera que existe un mayor riesgo para la salud mental o física de la mujer si sigue adelante con su embarazo. En caso de que el motivo sea el peligro para la salud psíquica de la paciente, un psicólogo o psiquiatra debe certificarlo. Para el segundo supuesto, el que permite el aborto tras una violación, tiene que aportarse la denuncia de los hechos presentada ante la policía.

Al tercer supuesto legal se le llama aborto eugenésico y se hace cuando hay anomalías fetales incompatibles con la vida, alteraciones cromosómicas o defectos mayores del desarrollo del feto que comprometen su vida como persona sana.

Aunque el aborto se despenalizó en España, no significa que las mujeres puedan decidir libremente si continúan adelante con su embarazo o no, puesto que para acogerse a una IVE es necesario contar con el visto bueno de los profesionales de la medicina, que determinan si la causa alegada por la paciente está suficientemente justificada.

Fuentes sanitarias consultadas por este periódico subrayaron que los ginecólogos de la sanidad pública rechazan hacer interrupciones voluntarias de embarazos porque «esa práctica se relaciona con la parte más desagradable de su especialidad». No obstante, a veces, se atienden abortos en los hospitales del SAS, pero no son por una IVE, sino provocados por causas naturales o como consecuencia de un tratamiento dado a la paciente para contrarrestar alguna enfermedad. Por ejemplo, en los casos de embarazos ectópicos (fuera del útero) es necesario ponerle un tratamiento a la mujer para garantizar su salud. El resultado es un aborto, pero no ha sido producido de forma voluntaria. Asimismo, cuando una mujer que tiene un cáncer se queda embarazada, la quimioterapia que recibe para contrarrestar el tumor puede originarle el aborto. «En esas ocasiones, el objetivo de los tratamientos que se le dan a la paciente no es causar la muerte del feto, sino defender la salud de la enferma», especificaron las fuentes citadas.

Las mujeres malagueñas que deciden acogerse a una IVE tras diagnosticarse, a partir de la semana 12 de gestación y antes de la 22, que el feto tiene anomalías incompatibles con la vida, son remitidas a una clínica privada concertada de Sevilla, donde se le practica el aborto legal. Son casos de cardiopatías, hidrocefalias y malformaciones fetales muy graves, señaló el jefe del servicio de ginecología del Hospital Materno Infantil, Juan Larracoechea.

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