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Todo lo que comentas al médico cada vez que vas a la consulta, los datos que teclea el facultativo en el ordenador tras la exploración, los tratamientos recibidos o aquellos que tienes en la actualidad, los resultados de las pruebas diagnósticas y complementarias (incluidas las realizadas en urgencias), intervenciones quirúrgicas, anestesia, anatomía patológica..., todo queda reflejado en la historia clínica del paciente que los profesionales y centros sanitarios tienen la obligación de proteger.
Dentro del Sistema Nacional de Salud, la historia clínica digital está implantada de manera que en casi todo el territorio tanto el paciente como los médicos de otras comunidades pueden acceder a un resumen de la misma y a los datos más relevantes si así fuera necesario, siendo el propio paciente el que elige qué datos podrán ver otros médicos. En el caso de centros sanitarios privados, se puede solicitar una portabilidad de los datos si están digitalizados.
En el Servicio Andaluz de Salud la historia clínica digital está establecida en todos los centros de atención primaria del sistema y se puede acceder a ella desde las urgencias y las consultas externas de los hospitales del SAS y desde las unidades de cuidados Críticos y Urgencias.
Pero, ¿qué pasa si una persona quiere tener físicamente su historial médico? Tiene derecho a ello e, incluso, desde la OCU recomiendan solicitarlo si se quiere pedir una segunda opinión, se va a visitar a un nuevo especialista, se cambia de domicilio (y con ello de centro de salud de referencia) o se va a estar fuera durante un periodo prolongado por trabajo o vacaciones.
- Si es en persona, ya sea en un centro público o privado, se debe acudir a Atención al Paciente y presentar una solicitud acompañada por una copia del DNI.
- De manera personal se puede realizar también en los centros de salud mediante los formularios habilitados para ello, en los cuales se indica la documentación adicional que es necesaria en cada caso. Desde el Servicio Andaluz de Salud, se aconseja presentar la solicitud en el centro sanitario donde se ha originado la historia clínica para una mayor agilización del trámite, así como especificar, si es posible, las fechas o periodos de los informes o partes de la historia clínica que se desea. El plazo máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es de un mes, a contar desde la recepción de la misma, aunque puede prorrogarse otros dos meses, dependiendo de la complejidad de la solicitud.
- De manera telemática a través de ClicSalud+. Para ello hay que contar con un sistema que acredite la identidad de la persona que utiliza la página de forma segura mediante certificado digital, DNie o Cl@ve.
La copia es gratuita, salvo que se elija un soporte que tenga un coste elevado, como un disco duro externo. Y no es necesario que justifique el motivo de su solicitud.
¿Y si se niegan a dársela? Según apunta la OCU, en el caso de que la necesite en el marco de un proceso judicial, el juez puede exigirla. Si no este el caso, se puede elevar una reclamación a las autoridades sanitarias autonómicas o recurrir a la Agencia de Protección de Datos.
Cualquier ciudadano puede tener acceso a su historial clínico a través de Internet en la web habilitada por el SAS en el que está activa la Tarjeta Sanitaria Individua (TSI), o bien mediante la Carpeta Ciudadana, que incluye datos de salud y otros contenidos. En ambos casos, se precisa de DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve.
En el caso de profesionales sanitarios, estos también requieren autentificación mediante certificado electrónico y el acceso queda restringido a fines exclusivamente asistenciales. No obstante, los informes no se encuentran al alcance de cualquier médico o trabajador de un centro de salud u hospital, sino solo de aquellos que estén habilitados para ello bien porque estén tratando al paciente de manera directa, o bien porque tengan funciones de evaluación, inspección o planificación. En el caso de que se vayan a hacer ensayos clínicos, el paciente tendrá que dar autorización.
Los ciudadanos tienen además la posibilidad de ocultar de forma selectiva los informes clínicos que no desea que estén accesibles. Basta con entrar en el sistema, localizar el botón que pone 'ocultar' situado junto a cada documento y pinchar sobre él. En este caso, los profesionales pueden saber que el ciudadano ha decidido ocultar cierta información y, en caso de que lo consideren necesario, pueden acceder en 'modo de emergencia' a los documentos ocultos.
Todos los accesos realizados al historial clínico quedan registrados y cada ciudadano puede conocer cuántos se han realizado a través de la funcionalidad de visualización del 'registro de accesos', y reclamar aquellos que considere injustificados. En el caso de que un sanitario o un administrativo entre en la historia de un paciente sin una finalidad asistencial y sin su permiso, se le puede sancionar por acceso no autorizado y vulneración del secreto profesional. El centro sanitario sería responsable por ser el que custodia los datos. Este tipo de infracciones se pueden denunciar al delegado de protección de datos del centro sanitario o a la Agencia Española de Protección de Datos. También, dentro del propio sistema en la web, se puede activar el formulario electrónico de 'reclamación sobre un acceso'.
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Daniel de Lucas y Josemi Benítez (Gráficos)
Jon Garay e Isabel Toledo
Paco Griñán | Málaga
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