Una problemática que se arrastra desde 1997

PPLL

Lunes, 30 de enero 2017, 00:51

El problema se remonta a 1997 cuando la Comisión Europea (CE) creó el registro de Nuevos Alimentos para los alimentos e ingredientes que no hubiesen tenido un uso demostrable como tal anterior a ese año. La stevia se consideró entonces por la autoridades dentro del grupo de ingredientes que no tenían uso anterior a esa fecha, pero no se tuvo en cuenta que en diferentes Estados miembros de la Unión Europea, como en Alemania, se utilizaban las hojas secas de stevia para hacer infusiones. En Alemania, las empresas comercializadoras se sintieron perjudicadas e iniciaron varios procesos en los tribunales. Aportaron pruebas de que existía un considerable consumo de té de stevia anterior a 1997. Ante esta situación se decidió que no podía considerarse un Nuevo Alimento. En España, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición debe interpretar si el reglamento de Nuevo Alimento es aplicable o no para la hoja de la stevia. Sin embargo, hasta la fecha no ha habido ninguna decisión, que es lo que quiere acelerar el sector y las asociaciones de productores, que lo que piden es que la hoja seca de stevia pueda considerarse alimento tradicional y estar permitida su comercialización.

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Según el presidente de la Asociación de Promotores y Comercializadores de Stevia y otras Plantas de Andalucía (Apycsa), el veleño Leovigildo Martín, la propia Asociación Europea de la Stevia (Eustas, por sus siglas en inglés) ha denunciado que si dentro de la UE está establecido el libre comercio entre Estados miembros, el hecho de que en un país sea aceptado y en otros no, pone de manifiesto una situación de «discriminación comercial».

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