Borrar
La urbanización fue legalizada en el PGOU de 2010, recientemente anulado.
Ordenan a un banco devolver las cantidades ingresadas a cuenta para la compra de un piso irregular en Marbella

Ordenan a un banco devolver las cantidades ingresadas a cuenta para la compra de un piso irregular en Marbella

Deberá reintegrar a una compradora extranjera 236.000 euros más sus intereses

Héctor Barbotta

Jueves, 11 de febrero 2016, 09:55

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Málaga ha condenado a un banco a devolver las cantidades depositadas por una cliente británica en 2003 a cuenta de una vivienda en una urbanización ilegal de Marbella. La operación no se llegó a concretar debido a que la promoción, construida al margen del PGOU vigente en ese momento, no concluyó en los plazos previstos. La mujer consiguió diez años después que los tribunales le dieran la razón y ordenaran la devolución del dinero, pero para entonces la promotora se había declarado insolvente y estaba en concurso de acreedores. Ahora la justicia ha ordenado al Banco Popular, donde se habían ingresado los fondos a cuenta, que devuelva las cantidades. En total, la compradora deberá recibir 238.000 euros más sus intereses correspondientes.

Se trata del final de un largo proceso judicial abierto entre 2005 y 2006, cuando decenas de compradores, la mayoría británicos, presentaron demandas contra la promotora Marbella Vista Golf por lo que consideraban un incumplimiento de contrato al considerar que las viviendas vendidas sobre plano no se habían entregado en fecha y además carecían de la licencia de primera ocupación, por lo que se negaban a escriturar cuando eran convocados para hacerlo y exigían en cambio la resolución de los contratos y la devolución de las cantidades entregadas a cuenta.

Sin embargo, sus denuncias corrían suerte diversa según los juzgados en los que se personaban, ya que durante años los jueces de Marbella aplicaron diferentes criterios a la hora de resolver los contenciosos. Unos fallaban en favor de los compradores y otros daban la razón a la empresa. Lo mismo sucedía cuando los recursos llegaban a la Audiencia Provincial de Málaga.

No fue hasta junio de 2013 cuando la maquinaria de la justicia unificó criterio con sentencias del Tribunal Supremo que dieron la razón a los compradores y reconocieron su derecho a recuperar el dinero. La solución, sin embargo, llegó tarde. Para entonces la promotora se encontraba en concurso de acreedores y había sido declarada insolvente. Los afectados se contaban por centenares.

La damnificada que ahora ha obtenido una nueva victoria en los tribunales, representada por el estudio Ley 57, demandó entonces al Banco Popular, donde las cantidades habían sido ingresadas a cuenta. Apoyada por varias sentencias del Pleno dela Sala Civil del Tribunal Supremo, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 18 de Málaga ha desestimado la defensa realizada por el banco, al considerar probado que fue en allí donde se ingresaban las cantidades que anticipaban los clientes, y la existencia de una póliza de aval general para tales cantidades. La sentencia considera que la fijación de un plazo de caducidad en el aval contraviene una disposición legal".

El periplo judicial de esta compradora británica, que dedicó todos sus ahorros al intento falllido de retirarse en Marbella, puede no haber llegado a su fin. El banco todavía puede recurrir.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios