
DGT: Esta es la herramienta para hacer trámites en nombre de otra persona
El Registro de Apoderamiento es gratuito y se puede solicitar a través de Internet
Realizar transferencias, notificar la venta de un vehículo, emitir informes o leer las comunicaciones que le lleguen a una persona a la Dirección Electrónica Vial, como es el caso de las multas pendientes, son algunos de los trámites que la Dirección General de Tráfico (DGT) permite hacer en nombre de algún familiar o amigo que lo precise. Se trata del Registro de apoderamiento.
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¿Cómo funciona?
La representación puede ser puntual, para la realización de un único trámite, o general, si es para un conjunto de ellos.
Una vez registrada la representación, el representante podrá actuar en nombre de un tercero, tanto en las jefaturas de tráfico como en la sede electrónica para los trámites disponibles de manera 'on line'.
El primer paso es formalizar esta representación, que no tiene coste, a través de los siguientes canales:
-Por internet, a través de nuestra aplicación de apoderamientos. Podrás crear representaciones, consultar el detalle de tus representaciones, anular o renovar una representación, ver los usos y los documentos de una representación, así como suscribirte al sistema de avisos.
-Por teléfono, a través del teléfono 060. La representación deberá realizarla siempre el representado. Deberá tratarse siempre de una persona física, por lo que no se podrán crear representaciones por esta vía para empresa o persona jurídica.
-Presencialmente, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico acudiendo con otorgamiento o revocación relleno de representación correspondiente con la información sobre los trámites autorizados y las firmas manuscritas tanto del representante como del representado.
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Para realizar una solicitud de representación es necesario tener una serie de documentos, sobre todo si se va a realizar de forma presencial. Estos son:
-Impreso o formulario de otorgamiento o revocación de representación cumplimentado y firmado por ambas partes
-NIF/NIE/CIF representado o fotocopia compulsada.
-Si el representante es una persona física, ha de presentar su NIF/NIE correspondiente y, en caso de que sea persona jurídica, además, original o copia compulsada del CIF de la empresa y aquella documentación que acredite la vinculación de representante en nombre de dicha persona jurídica.
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Los representantes (puede haber más de uno por representado) pueden realizar varios trámites. Ver el listado completo.
El plazo máximo de vigencia de las representaciones puede ser de 180 días. Si se hace la solicitud por internet, se puede indicar el tiempo necesario dentro de ese límite, mientras que si es por teléfono el plazo se queda en un mes contando desde ese día con la posibilidad de prorrogarlo en determinados casos.
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