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Las claves de los contratos mercantiles de los autónomos

Las claves de los contratos mercantiles de los autónomos

Los profesionales por cuenta propia tienen que tener en cuenta varios aspectos al recoger por escrito sus condiciones laborales

Jueves, 29 de diciembre 2022, 00:25

Los más de 3,3 millones de autónomos que hay en España, de los que más de 130.000 son malagueños, se rigen por los llamados contratos mercantiles, un documento que firma el trabajador con la empresa a la que presta sus servicios. En él queda figurado cómo se desarrollará la labor profesional y cuándo se procederá al pago de los servicios prestados. No obstante, expertos de la consultora web especializada Getquipu destacan que para que pueda suscribirse un contrato mercantil es necesario que ambas partes puedan contratar legalmente.

Así, la relación laboral será diferente a la de un contrato laboral, ya que tanto el autónomo como la empresa actuarán de manera independiente. Entre las características de este tipo de contratos destaca el hecho de que el autónomo debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Además, será el propio trabajador por cuenta propia el que abone las cotizaciones sociales.

En los contratos mercantiles no existe una nómina. Esto quiere decir que las transacciones que se realicen entre el autónomo y la empresa deben estar registradas mediante una factura con IVA y su correspondiente retención del IRPF. En cuanto a los medios de trabajo, el autónomo debe disponer de sus propios medios.

El autónomo tiene que darse de alta, llevar una facturación del IVA e IRPF y diponer de sus propios medios

Esto quiere decir que la empresa no proveerá al empleado de ordenador ni de cualquier otro material para realizar su actividad debido a que la compañía contrata a un trabajador externo para llevar a cabo una labor determinada. Asimismo, un contrato mercantil debe incluir la identidad de cada una de las partes. Debe aparecer el nombre o razón social de la empresa que contrata y del autónomo, así como el domicilio fiscal donde desarrollan las actividades. En el contrato deberán estar perfectamente descritos los servicios que presta el autónomo, así como la forma de pago y cuándo se va a realizar el pago por los servicios.

Por último, el contrato mercantil incluirá también los derechos y obligaciones de cada una de las partes que firman el documento, así como la duración de la prestación de los servicios y la indemnización a la que tenga derecho el profesional autónomo cuando finalice el contrato.

Por otro lado, la Asociación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) ha exigido recientemente que se reduzcan las retenciones de los trabajadores autónomos. En concreto, solicitan que las retenciones pasen del 15% al 10% y que el cambio se haga efectivo para los ejercicios 2023 y 2024.

El objetivo de esta aplicación transitoria, explican desde ATA, es aliviar a los autónomos y facilitarles más liquidez. Según indican, estas propuestas deberían incluirlas los grupos parlamentarios como enmiendas en los Presupuestos Generales del Estado.

A esta petición se ha unido la de reducir los porcentajes de los pagos fraccionados a los que tienen que hacer frente los contribuyentes que ejercen actividades económicas. La Asociación Nacional de Trabajadores Autónomo piensa que el porcentaje de los pagos fraccionados que realizan los autónomos con actividades económicas debe ser del 15% cuando sean actividades que determinen el rendimiento neto por el método de estimación directa. Actualmente, la asociación recuerda que estos rendimientos están en un 20%.

Para ello, ATA pone como ejemplo a un trabajador autónomo que gane 2.000 euros al mes que, al aplicar una retención del 15% tendría una retención de unos 300 euros, sin contar el resto de gastos que debe afrontar. Si se pasara a aplicar una retención del 10%, el autónomo obtendría un ahorro de 1.200 euros, indican desde ATA.

Esta solicitud viene motivada por el proyecto de real decreto que modifica el reglamento sobre el IRPF. En los Presupuestos de 2023 se ha aumentado la reducción por rendimientos del trabajo, que pasa de los 18.000 a los 21.000 euros, por lo que se ha elevado el salario bruto anual por cuenta ajena a partir del que se empieza a pagar el IRPF hasta los 15.000 euros.

ATA considera que esto supone «un agravio comparativo importante», ya que al aumentar la reducción y disminuir la retención el proyecto se olvida de los autónomos, ya que sólo se ha previsto la modificación para los trabajadores por cuenta ajena. «Los trabajadores por cuenta propia están sufriendo, en mayor medida que los trabajadores por cuenta ajena, la crisis, por lo que, para que no sea la clase trabajadora autónoma y las clases medias las que paguen la crisis, debe tenerse en cuenta también este tipo de empleo», argumentan desde el colectivo.

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