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El Centro Histórico de Málaga concentra gran parte de la oferta de alquiler vacacional de la ciudad. SUR
Plataformas de alquiler vacacional dan cuenta a Hacienda del negocio de 2018

Plataformas de alquiler vacacional dan cuenta a Hacienda del negocio de 2018

Estos portales avisan de la complejidad de cumplir con la obligación de informar de la actividad del ejercicio pasado antes del próximo día 31

Pilar Martínez

Málaga

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Jueves, 3 de enero 2019, 00:26

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Cuenta atrás para el primer control del negocio del alquiler vacacional. Las plataformas de arrendamiento de viviendas de uso turístico han comenzado a suministrar a la Agencia Tributaria los datos fiscales relativos a esta actividad, como información de los anfitriones y detalles de sus anuncios, como el nombre y la dirección, y sus transacciones desde 2018, tras la entrada en vigor este mes de enero de la obligación de que compartan los datos de las reservas de los anfitriones, pese a que advierten de la complejidad para recabar información.

En la provincia de Málaga son más de 26.400 viviendas las que deben rendir cuentas de la actividad de todo el pasado año de las más de 137.000 plazas que tienen en el mercado. Y es que el Ministerio de Hacienda dio más margen a las plataformas como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba para suministrar los datos fiscales, de forma que tendrán de plazo hasta el próximo 31 de enero para comunicar las operaciones del año pasado 2018.

Cabe recordar que desde el pasado 1 de enero estas plataformas habrán de facilitar datos sobre los titulares de las casas que se arriendan desde sus páginas webs, la dirección completa de éstas –a fin de realizar inspecciones 'in situ' y verificar que la información facilitada es correcta–, el número de inquilinos que las usan, el dinero que pagan y los días contratados. Esa misma información se requerirá también a los propietarios, a fin de luego verificar si existe alguna anomalía o se trata de ocultar al fisco posibles rentas.

Los datos de reservas antiguas y referencias catastrales tendrán que darlos los propietarios

Estas obligaciones fiscales se aplican, en realidad, con retraso. Deberían haber estado en funcionamiento desde el 1 de octubre –la Agencia Tributaria incluía estas medidas dentro de sus planes de control para 2018–, pero la oposición frontal de las propias compañías y su demanda de más tiempo para adaptar sus sistemas informáticos fue finalmente aceptada. Así, por ejemplo, Airbnb ha desarrollado una herramienta a la que cada anfitrión podrá acceder individualmente, y donde se incluirán los datos que requiere Hacienda, entre otros, si bien la Administración solo podrá acceder a esa información y no a otra personal. Airbnb también ha suscrito acuerdos con la Asociación de Asesores Fiscales (Aedaf) y la consultora PwC para elaborar una guía de impuestos que facilitará a sus usuarios y, además, resolver dudas.

Para 2018 la presentación de esta declaración informativa de la cesión de viviendas con fines turísticos tiene «excepcionalmente» carácter anual, mientras que, en el resto de ejercicios, la declaración informativa será trimestral. De esta forma, deberá presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración. Así, entra en funcionamiento el modelo 179 de 'Declaración informativa trimestral del arrendamiento de viviendas con fines turísticos'.

Con esta medida, Hacienda trata de ponerle coto a determinados alquileres turísticos bajo los cuales se encuentran incluso cadenas hoteleras que alquilan sus viviendas mediante este tipo de plataformas.

Un proceso complejo

Desde el sector del alquiler vacacional advierten de las complicaciones para recabar datos de los que no disponen, si bien se está trabajando para poder conseguir toda la información en los plazos marcados. La presidenta de la Asociación Española de Plataformas Digitales de Alquiler Temporal (PAT), Almudena Ucha, explicó que ya están implementados los cambios de modelo para recabar la información, algo que conlleva «muchas complicaciones», aseguró, principalmente porque las plataformas no disponen de muchos de los datos requeridos.

En este sentido, la presidenta de la asociación integrada por HomeAway, Rentalia, Spain-Holiday.com y Niumba se ha referido entre las complicaciones a la identificación del inmueble, como la referencia catastral, o los datos de los viajeros que se han alojado en las viviendas, información que tiene que ser facilitada por los propietarios. Esto es especialmente complejo en el caso de las reservas antiguas, como aquellas realizadas en 2017, cuando no estaba en vigor la obligación de información, para disfrutarse a partir del 1 de enero de 2018.

En todo caso, Ucha dijo que se están haciendo las pruebas con la web de la AEAT, aunque también hay «dificultades» en ese aspecto, y se está realizando un «esfuerzo enorme» para cumplir con lo exigido por el real decreto y en los plazos marcados. El Gobierno ha planteado además la creación de un registro único estatal, con los datos aportados por las comunidades autónomas para ofrecer una imagen real de su impacto en el turismo, y facilitar así a las administraciones competentes el cumplimiento de la normativa.

Datos a facilitar en este nuevo proceso fiscal

Por E. P.

Con la entrada en vigor de la obligación se requiere la identificación del titular o titulares de la vivienda, la identificación del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda, si es distinta del titular de la vivienda, y la identificación de las personas o entidades cesionarias.

De igual forma, los intermediarios tendrán que incluir en sus declaraciones la identificación del inmueble objeto de cesión, es decir, la dirección completa, la referencia catastral del piso objeto de cesión, en su caso, y el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.

También debe figurar el importe percibido por el titular cedente del derecho y el número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de la vivienda.

Con carácter voluntario, las plataformas turísticas podrán informar también de la fecha de inicio de la cesión de la vivienda, la fecha de intermediación de la operación y la identificación del medio de pago utilizado, bien sea una transferencia, tarjeta de crédito o débito o cualquier otro medio de pago.

Asimismo, «las declaraciones las deberán presentar las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito», recoge la norma.

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