Luz verde del Parlamento andaluz al decreto de renovación de hoteles
La norma, que impulsará inversiones en el sector por valor de 2.000 millones, fue respaldada por PP, Ciudadanos y Vox y la abstención del PSOE
Luz verde a la norma más esperada por los hoteleros. El Parlamento andaluz aprobó ayer el decreto ley de la Junta que establece medidas de ... incentivo para la renovación y modernización de los hoteles de la Comunidad. La nueva norma, que impulsará inversiones en el sector por valor de 2.000 millones de euros, contó con el respaldo de PP-A, Ciudadanos (Cs) y Vox, la abstención del PSOE-A y el rechazo de Unidas Podemos por Andalucía. Ante el pleno del Parlamento, el vicepresidente de la Junta y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, defendió que este decreto persigue «la dinamización económica del sector turístico a través del impulso a la modernización de los establecimientos, el aumento de categoría y la adaptación de las instalaciones a las exigencias derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19». Para ello, el decreto contempla mejorar la calidad de los establecimientos turísticos en suelo urbano permitiendo que aumenten su edificabilidad hasta un 15% e, incluso, hasta un 20% si se corresponde con un aumento de categoría para adaptarlos a las nuevas exigencias del viajero y a los objetivos de desarrollo sostenible.
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El presidente de la patronal hotelera de la Costa del Sol, José Luque, considera esta norma como una prioridad para el sector, y animó a los empresarios a que «emprendan en los nuevos conceptos de hotel que han provocado en destinos como Palma de Mallorca, Magaluf o Ibiza un reposicionamiento y una transformación total del destino».
El decreto señala que se podrán acoger a este decreto ley los establecimientos de alojamiento turístico que se hallen legalmente edificados en suelo urbano y que requieren realizar obras de ampliación o reforma para su renovación y modernización. Para este tipo de obras se establece un margen de flexibilidad en la aplicación de los parámetros urbanísticos de edificabilidad, ocupación y altura, como medida de carácter excepcional y transitorio, de aplicación a las licencias de obras que con esta finalidad se soliciten en el plazo de tres años desde la entrada en vigor del decreto ley.
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