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La Junta de Andalucía ha recurrido la sentencia del juez de Menores que concedió la guarda temporal de la hija de Dana Leonte al tío de la pequeña y hermano de la fallecida. El Gobierno autonómico insiste en que, como concluyó el Servicio de Protección de Menores, Florin Leonte no es idóneo para criar a la niña, que actualmente está a su cargo.
El origen de esta situación deviene del verano de 2019, cuando se produce la desaparición de Dana en Arenas y, posteriormente, la detención de su pareja y padre de su hija, Sergio Ruiz, quien llegó a ingresar en prisión como sospechoso de su muerte. A partir de ahí, la pequeña se quedó a cargo del hermano de Sergio y de su mujer, que tienen otros dos hijos de 10 y 15 años, en régimen de acogimiento temportal.
Sin embargo, el tío materno recurrió –por medio de su abogada, Antonia Barba– esa decisión del Servicio de Protección de Menores. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 16 de Málaga le dio la razón y el pasado mes de septiembre ordenó que la hija de Dana pasara a ser acogida por Florín Leonte.
El juez reconoció que se estaba produciendo «una continua violación del confinamiento acordado por el estado de alarma por la COVID-19 por motivos laborales, dejando a la niña bajo el cuidado de terceras personas incluso de avanzada edad, con lo cual constituyen población de riesgo, por lo que su labor de cuidado no puede ser calificada como idónea, no sólo por la violación del confinamiento sino por el hecho de que esa violación se produzca al ser incapaces de mantener el cuidado de la niña personalmente».
Para el magistrado, «no es causa suficiente en contra de esta decisión la argumentación de la Junta de Andalucía en el sentido de que la niña se encuentra plenamente arraigada en el entorno actual, pues debemos recordar que estamos hablando de una niña de menos de dos años de edad, con lo que difícilmente se puede hablar de arraigo».
El juez lamenta que hasta el momento solo se hable de una «actitud conflictiva y beligerante» de Florín con el entorno familiar del autor de la muerte de su hermana y destaca que «resulta incomprensible que se esperase otra relación distinta cuando en dicho entorno familiar paterno se ha protegido a la figura del padre».
La Junta ha recurrido ahora esta decisión del juez al considerar que Florin no estuvo presente en la vida de la niña al producirse la desaparición de su hermana. Insiste en su apelación en la actitud «beligerante» del tío de la pequeña y entiende que su interés de quedarse con ella estriba, principalmente, en que no esté con la familia paterna.
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