Confirman la condena a un cabrero de Casabermeja, al que prohíben trabajar con animales por maltratar a sus perros
La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación presentado por el procesado, a quien también se le impone una pena de un año de prisión
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la condena contra un cabrero de Casabermeja por la que no podrá trabajar con ... animales -siendo este su medio de vida- ni poseerlos durante un periodo de tres años y un día. En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, se señala que el hombre mantuvo en condiciones incompatibles con la vida a sus cinco perros, lo que fue denunciado por la Asociación Ladram. De hecho, tres de ellos fallecieron al estar gravemente enfermos, motivo por el que también se le ha impuesto la pena de un año y un día de prisión como autor de un delito de maltrato animal.
De esta manera, el tribunal ha respaldado la resolución judicial dictada en septiembre de 2021 por el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga, dando a su vez por desestimado el recurso de apelación presentado por el encausado. Según se expone en el apartado de hechos probados de la sentencia, el pasado 27 de abril de 2018, en torno a las 15.50 horas, los agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Seprona localizaron al hombre cuando se encontraba guiando una piara de cabras junto a cinco perros que presentaban síntomas de dejadez y falta de cuidados.
Tal y como detallan los magistrados de la Audiencia Provincial en el fallo, los animales tuvieron que ser intervenidos al ser víctimas de «una actividad delictiva flagrante», ya que tres de ellos presentaban un estado de «completo abandono sanitario, higiénico y zootécnico». Los mismos fueron hallados con mucha suciedad, pulgas, garrapatas, anemia, heridas llagadas y signos de desnutrición.
De los cinco perros, dos no tenían microchip y fue imposible la lectura del microchip de un tercero. Además, las dos hembras, Carla y Gringa, dieron resultados analíticos positivos en sangre de ehrlichia canis, leishmania infantum y anaplasma spp. Por otro lado, el macho, Bruno, mostraba signos de haber sufrido malos tratos por seres humanos.
Los canes fueron derivados a la Protectora de Animales y Plantas de Málaga, que se hizo cargo de uno de ellos, mientras otros dos fueron entregados a la Asociación Ladram para que recibieran los cuidados que necesitaban, ya que existía riesgo epidemiológico a causa de las enfermedades que padecían, las cuales podían ser contagiosas tanto para animales como para personas. A pesar de que fueron sometidos a tratamientos sanitarios, no se logró salvar la vida a los mismos, que tuvieron que ser eutanasiados.
Como resultado de los gastos veterinarios y tratamientos dispensados desde ambas asociaciones, el hombre tendrá que pagar más de 7.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Responsabilidad por omisión
La Audiencia Provincial insiste en que no se sostiene la versión del procesado, quien apuntaba a que no todos los perros eran de su propiedad, sino que algunos se le unieron y él acabó por acogerlos y alimentarlos. Según defendía, tenía intención de llevarlos al veterinario, lo que finalmente no hizo por motivos ajenos a su voluntad.
Sin embargo, los magistrados entienden que desde el momento en que se convirtió en el «guardador de los animales», era su responsabilidad asumir «todos los derechos y obligaciones inherentes al dueño», cosa que, como indican, no hizo al no proporcionar a los perros los cuidados, atenciones y tratamientos sanitarios que requerían.
Asimismo, en la resolución se hace hincapié en que, dado el estado de enfermedad de los canes, lo lógico hubiera sido que, en vez de emplearlos para el pastoreo, hubiera emprendido acciones «urgentes» para que se les precisara la atención sanitaria que precisaban.
«El acusado estaba de forma objetiva en posesión de estos tres perros, cuyo estado de salud era deplorable, lo cual era apreciable por cualquier ciudadano medio sin necesidad de tener conocimientos veterinarios dado que su estado era muy severo, muy grave y con evidente riesgo de fallecimiento», manifiesta la Audiencia Provincial en el fallo. En el mismo se subraya, además, que el maltrato hacia los animales fue cometido de forma continuada en el tiempo.
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