Cinco años de cárcel por matar a su vecino de 76 años con una barra de hierro en Almáchar
La agresión mortal se produjo tras atacar la víctima al acusado con el arma homicida, por lo que se ha apreciado la circunstancia incompleta de legítima defensa
Ya hay sentencia por el crimen con una barra de hierro que acabó con la vida de un hombre de 76 años en Almáchar. El ... acusado, al que un jurado popular ya había declarado culpable de homicidio pero con la circunstancia eximente incompleta de legítima defensa, tendrá que cumplir cinco años de prisión.
Según recoge el fallo, al que SUR ha tenido acceso, los hechos se remontan al 28 de mayo de 2022. Aquel día, el encausado, de 36 años, iba hacia la finca de su familia, situada en la localidad de Almáchar, cuando encontró el vehículo del perjudicado en un paraje que hacía linde entre ambas viviendas.
El procesado estacionó su turismo a unos 30 metros del de su vecino y se dirigió hacia el anciano, produciéndose a continuación una discusión entre ambos. En el transcurso de la misma, el investigado fue «objeto de una agresión no provocada por él» y en la que la víctima usó una barra de hierro.
Estado de cólera
Así se inició un forcejeo que «sumió al acusado en un estado de cólera dado el furor de la lucha, lo que nublaba su capacidad de discernimiento y voluntad», y en el que le arrebató el arma. «Con intención de defenderse», golpeó de manera reiterada en la cabeza y el cuerpo a su vecino, que falleció.
A pesar de apreciarse la circunstancia de legítima defensa, como apunta el magistrado en la sentencia, también ha quedado probado el elemento volitivo del dolo eventual en el homicidio, ya que el procesado era consciente de que tales golpes podían provocar la muerte de la víctima, como ocurrió.
«Es indudable, a la vista del número de golpes, la intensidad de éstos y la zona vial que alcanzaba, como es la cabeza, que con su acción el acusado hubo de tener presente la muy alta probabilidad de que con su acción podría ocasionar la muerte» del perjudicado, se argumenta en la sentencia.
De igual manera, la resolución detalla que, pese a que en este caso concurra la legítima defensa, ya que se daban los requisitos de agresión ilegítima y la necesidad de defenderla, una vez que el encausado se hizo con la barra el peligro para él ya había desaparecido. De ahí que esta circunstancia haya sido apreciada como eximente incompleta.
En este caso, la Fiscalía solicitaba para el procesado una pena de once años de prisión, mientras que la acusación particular pedía 15 años. Con la deliberación del jurado, la Audiencia Provincial ha fijado la condena en cinco años de cárcel por un delito de homicidio doloso en el que concurren las circunstancias modificativas de legítima defensa y arrebato.
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