Estos tres malagueños fueron absueltos tras pasar 17 meses en prisión por un alijo de 899 kilos de cocaína
La Audiencia Nacional no considera acreditado que dos vecinos de Vélez-Málaga y un marroquí afincado en Marbella formaran una red de tráfico de drogas para traer desde Colombia la droga en un contenedor de aguacates
La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a tres vecinos de la provincia de un delito contra ... la salud pública y otro de falsedad documental para uno de ellos, por un alijo de 899 kilos de cocaína que fue intervenido en noviembre de 2018 en el puerto gaditano de Algeciras. Los tres malagueños pasaron hasta 17 meses en la cárcel en prisión provisional tras ser detenidos por la Policía Nacional y pasar a disposición de la Audiencia Nacional, hasta que abonaron fianzas de 20.000 y 100.000 euros. La droga se localizó en un contenedor de aguacates procedente de Colombia, cuyo destino era una empresa comercializadora de subtropicales de Vélez-Málaga.
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La resolución judicial, a la que ha tenido acceso SUR, considera que «no se han acreditado los cargos imputados». Dos de los absueltos son vecinos de Vélez-Málaga y el tercero reside en Marbella. Uno de los absueltos, de 66 años, es un policía nacional ya jubilado y que estaba en excedencia en 2018, al frente entonces de una empresa de importación de fruta. Otro, de 58 años, es un empresario veleño que se dedica, entre otros sectores, también a la importación de frutas a la península. Por su parte, el tercero de los declarados inocentes, de origen marroquí y de 41 años, es un emprendedor con negocios en diversos sectores la zona de Marbella. Los afectados han estado representados por el despacho AJF Cid Abogados de la capital de la Axarquía, por David Cuenca Morón, del despacho Cuenca Morón Abogados, y por Juan Manuel Aido Montañez.
Así, a juicio de la Audiencia Nacional, tras «la multitud de datos acumulados a lo largo del procedimiento, ninguno tiene la suficiente potencia acreditativa de la perpetración criminal dirigida contra dichos acusados, tanto la alusiva al tipo de tráfico de la cocaína importada de Colombia, como la referida al uso de documentos oficiales falaces». De esta forma, en la sentencia judicial, de casi 90 páginas, y que ya es firme, tras no interponer la Fiscalía un recurso de apelación, se recoge que de las sesiones del juicio oral, que tuvieron lugar a principios del pasado mes de octubre, «se extraen diáfanamente tales conclusiones absolutorias, al apreciar este tribunal la ausencia de irregularidades esenciales en la tramitación de las diligencias de investigación practicadas y en las pruebas realizadas».
«Sus líneas directrices se sitúan en los contornos de las vigilancias y seguimientos realizados, las observaciones telefónicas efectuadas, y las actas de los registros practicados, en consonancia con sus propias declaraciones, con las testificales de los funcionarios públicos que ejercieron las funciones investigadoras y los particulares que aclararon determinados extremos, antes y después de la judicialización de los actos de comprobación delictiva, y con las periciales practicadas, habiendo gozado los acusados de todos los derechos procesales de naturaleza constitucional, entre ellos el derecho a no declararse culpables y a la presunción de inocencia», argumenta la Audiencia Nacional en su resolución.
El fiscal pedía una pena de 15 años de prisión para cada uno de los tres acusados, el pago de una multa de 31.000.000 de euros, la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y las costas proporcionales por un delito de tráfico de drogas. Los tres malagueños absueltos pasaron un año y cinco meses en prisión provisional, hasta que abonaron las fianzas correspondientes, de 20.000 euros para dos de ellos y de 100.000 euros para el tercero. Para este último, que salió de la cárcel un mes y medio antes, pedía además una pena de dos años de prisión, multa de 10 meses, con cuota diaria de 6 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y costas proporcionales, por un delito continuado de falsificación de documento oficial.
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«Inexistencia de prueba de cargo»
Para el tribunal, «de las pruebas practicadas no se deduce de manera concluyente que exista, entre los acusados un común vínculo negocial, por tener como común designio la obtención de sustanciosos beneficios derivados de la distribución y venta de la droga importada de Colombia y transportada a Algeciras en veintiséis mochilas o bolsas de deporte negras alojadas en uno de los palés con aguacates que transportaba el contenedor incautado, que fue objeto de entrega controlada y balizamiento».
Además, para la Audiencia Nacional, a uno de los tres absueltos se le venía atribuyendo un delito continuado de falsificación en documento oficial, «por la tarjeta de identidad y el carnet de conducir italianos que se incautaron en su domicilio, con foto que no era del referido acusado, sino supuestamente de su hermano (residente, al parecer, en Italia), sin que tampoco se haya constatado la comisión de dicho delito».
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A juicio de este Tribunal, «ante la inexistencia de prueba de cargo de suficiente entidad que tenga el efecto de enervar la presunción de inocencia que les favorece y, por ende, ante la carencia de prueba suficiente de cargo que incrimine las conductas de los acusados, ha de procederse a su absolución». «Este tribunal no ha encontrado pruebas suficientes de cargo sobre la intervención de estos tres acusados en el delito de tráfico de drogas, en relación con sustancia que causa grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia, en condiciones de extrema gravedad por simulación de operaciones de comercio internacional y en el seno de una organización criminal», apostilla la sentencia.
Valor de mercado de más de 77 millones
Tras ser interceptada en el puerto algecireño en noviembre de 2018, la droga fue trasladada a dependencias de la Guardia Civil y de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera. La cocaína, con una riqueza del 80,9%, habría alcanzado un valor estimado en el mercado de 30.392.493 euros. Con menores grados de pureza, su valor habría alcanzado hasta los 77.901.394 euros (al 38%) y de 53.148.880 euros (al 53%), según se recoge en el fallo judicial.
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Cuando el camión con el resto de los palés llegó a las instalaciones de la empresa comercializadora de Vélez-Málaga, uno de los empresarios absueltos realizó varias llamadas telefónicas a la empresa transitaria, a Aduanas y al servicio de emergencias 112, «recibiendo otra del número policial 091, en las que explicó a sus interlocutores la incidencia consistente en que faltaba un palé en un contenedor de fruta que había importado desde Colombia y que había sido inspeccionado en el puerto de Algeciras», recoge la sentencia como hechos probados.
Tras la firmeza del fallo judicial, contra una cuarta persona que también fue detenida e investigada en esta operación, pero que no se sentó finalmente en el banquillo, ha quedado también archivado el procedimiento, al retirarle el fiscal la acusación de tráfico de drogas. La Audiencia Nacional ha dictado un auto en el que ordena a los cuatro acusados devolverles el dinero, los efectos y los vehículos que hayan podido incautárseles durante el procedimiento, así como a los fiadores las cuantías de las fianzas que hayan prestado para garantizar la libertad provisional.
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