Estas son las infracciones a bordo de un patinete eléctrico que pueden acarrear multas de hasta 1.000 euros
La DGT recuerda las normas básicas de circulación con este vehículo de movilidad personal y las sanciones que pueden imponerse a sus conductores
El uso de los patinetes eléctricos está en auge y en verano aún más. La subida del precio de los combustibles también ha ayudado a ... que muchas personas hayan dejado sus coches o motos aparcados y hayan optado por este vehículo de movilidad personal (VMP) para trayectos cortos.
Conocedor de ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado en redes sociales las normas básicas de circulación con patinete. Por lo dicho anteriormente y porque una encuesta realizada por el RACC en una urbe como Barcelona ha revelado que la mayoría de los encuestados aseguraba desconocer esta normativa básica. Lo más grave, según apunta la DGT, es que el 43% de los encuestados reconocía circular por la acera, y un 12% haber sufrido algún accidente con daños personales con este vehículo.
La DGT recuerda a los usuarios de patinetes eléctricos que está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. En cuanto a la velocidad, debe estar entre los 6 y los 25 km/h y es obligatorio disponer de un sistema de frenado, un dispositivo de advertencia acústica (timbre), luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros.
Además, la DGT aclara que las vías autorizadas deben indicarse en una ordenanza municipal y, en el caso de que no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
En el caso de Málaga capital, el Ayuntamiento dentro de la Ordenanza de Movilidad recoge que «los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares, que no tengan la consideración de vehículos, ayudados o no de motor, no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de éstas que les estén especialmente destinadas. Solo podrán circular, acomodando su velocidad a la del peatón, sin sobrepasar nunca los 10 km/h, por las aceras, las calles residenciales o de prioridad peatonal debidamente señalizadas, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos. Asimismo, los que utilicen patines podrán circular por vías ciclistas en las condiciones citadas. Los usuarios de los monopatines utilizarán preferentemente las zonas establecidas para su uso deportivo y, en ningún caso, podrán circular por vías ciclistas».
En cuanto a las zonas peatonales, calles residenciales o de prioridad peatonal, debidamente señalizadas, la ordenanza municipal de la capital malagueña establece que «solo podrán circular por las aceras, acomodando su velocidad a la del peatón, sin sobrepasar nunca los 10 km/h» y evitando «causar molestias innecesarias al resto de usuarios de las zonas por las que transiten, no teniendo prioridad respecto a los peatones».
Sanciones
Y quien pensara que por circular con un patinete eléctrico se libraba de una posible multa, estaba equivocado.
Las sanciones más duras son las relativas a conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. La nueva Ley de Tráfico fija que los usuarios de patinete eléctrico pueden ser sometidos a un test de alcoholemia, como el resto de conductores. Las cifras son las mismas que se aplican para cualquier vehículo a motor, con la particularidad de que se ha introducido un nuevo límite de alcoholemia de 0,0 gramos de alcohol en sangre para los conductores menores de edad.
Circular en patinete eléctrico con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l en aire espirado conlleva una multa de 500 euros y si se alcanzan los 0,50 mg/l, sube hasta los 1.000 euros. Si se trata de drogas la sanción es de 1.000 euros. En caso de dar positivo, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
Usar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce un patinete conlleva una sanción de 200 euros; la misma cantidad que si se circula con auriculares, se conduce durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes o no se lleva el casco (si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria).
Cerificado de circulación
La DGT aclara que está preparando la redacción de un manual con especificaciones técnicas que, una vez publicado y transcurrido 24 meses, obligará a todos los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) a llevar un certificado de circulación «para garantizar unos mínimos requisitos de seguridad». Este certificado demuestra que el patinete eléctrico cumple con las especificaciones y no necesita matrícula para circular por la vía pública.
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