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Una imagen del vídeo después de que el repartidor abofeteara al youtuber en una calle de Alicante.
Exculpado el youtuber de 'caranchoa'

Exculpado el youtuber de 'caranchoa'

La Audiencia de Alicante justifica el sobreseimiento del caso por injurias en que dicho término ni siquiera figura en el diccionario de la RAE

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Viernes, 15 de junio 2018, 00:08

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La Audiencia de Alicante ha exculpado al 'youtuber' Sergio Soler, conocido como 'Mr. Granbomba', por las injurias graves que le atribuía el repartidor al que llamó 'caranchoa', entre otras razones, porque esa expresión no figura ni siquiera en el diccionario de la Real Academia Española (RAE).

Así consta en un auto de la sección primera de esta institución, que revoca el procesamiento dictado contra Soler por otra juez de resultas de la querella que le interpuso el trabajador, Ricardo Osorio.

'Mr. Granbomba' abordó en 2016 a un repartidor de paquetería en la calle y le llamó 'caranchoa'

La resolución, de la que es ponente la magistrada Ana Hoyos, estima el recurso de apelación del youtuber y decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones, pues la expresión proferida por el querellado «no tiene la gravedad suficiente para ser constitutiva de infracción penal».

«No tiene la entidad de ser graduada como injuria grave, a tenor de lo dispuesto en el artículo 208 del Código Penal, siendo un término inexistente en el diccionario de la Real Academia de la Lengua», precisa el fallo.

'Mr. Granbomba' , que se dedicaba a la grabación de bromas con cámara oculta que luego subía a su canal de Youtube, abordó en diciembre de 2016 en una calle de Alicante a un repartidor de paquetería y le llamó 'caranchoa' mientras le preguntaba por una dirección.

El mensajero, Ricardo Osorio, abofeteó al bromista, un delito leve de lesiones por el que un juez le impuso 30 euros de multa, y el vídeo de esa escena se hizo rápidamente viral en las redes sociales.

El repartidor se querelló con posterioridad contra el agredido por un delito de injurias graves con publicidad.

La titular del Juzgado de Instrucción 9 de Alicante, María Luisa Carrascosa, admitió a trámite la querella, procesó a Soler y le abrió juicio oral el pasado mes de mayo en un auto por el que le impuso una fianza de medio millón de euros.

Esa decisión, sin embargo, ha quedado sin efecto por el auto revocatorio de la Audiencia Provincial de Alicante, que no considera delictiva la actuación del youtuber e insta al querellante a acudir a la vía civil.

El abogado del mensajero, Carlos Frígola, informó ayer a Efe de que piensa solicitar la aclaración de este auto porque considera que los hechos «no pueden quedar impunes penalmente».

El letrado asegura que la resolución «deja sin pronunciamiento muchas cuestiones relevantes» de la querella y no descarta incluso pedir el amparo del Tribunal Constitucional.

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