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Comprar en el supermercado se encuentra entre las excepciones. ARCHIVO

Estos son los documentos necesarios para justificar desplazamientos con las nuevas restricciones en Andalucía

Hay excepciones que permiten el movimiento incluso en las horas o situaciones en las que está limitados. Eso sí, hay que acreditarlo

SUR

Martes, 10 de noviembre 2020, 12:00

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Con las nuevas medidas y restricciones aprobadas por la Junta de Andalucía para intentar frenar la expansión del coronavirus que han entrado en vigor ... este 9 de noviembre, y que se mantendrán en un principio hasta el próximo 23 de noviembre, la movilidad se reduce aún más por la ampliación del toque de queda desde las 22.00 a las 7.00 horas y por la imposibilidad de trasladarse de un municipio a otro. Solo existen ciertas excepciones en las que está permitido los desplazamientos. Eso sí, deben estar debidamente justificados.

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