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álvaro romero
Martes, 2 de agosto 2016, 11:01
Si en la actualización del catastro realizada por Hacienda las imágenes captadas por drones y satélites han detectado en su finca una construcción que no era tal sepa que puede recurrir. Porque los drones también se equivocan.
El proceso y las vías de reclamación son los siguientes: si Hacienda detecta irregularidades inmobiliarias, ya sean correctas o equivocadas, la agencia regional de catastro enviará una carta al contribuyente haciéndole llegar esa irregularidad dando un plazo de 15 días hábiles para presentar un escrito de alegación. Una carta en la que se debe manifestar la disconformidad con las actualizaciones catastrales realizadas por la administración.
Es recomendable acompañar dicha carta con pruebas fehacientes de que los detalles recibidos son erróneos. Esas pruebas pueden ser fotografías, mediciones reales, planos, licencias de obra o declaraciones juradas de vecinos, entre otros. Si las alegaciones quedan completamente claras el Catastro rectificará.
Si el escrito de alegaciones no es estimado el contribuyente recibirá otra carta con la cual se abre un plazo para interponer un recurso de reposición, incluyendo nuevas pruebas para dar fe de que el inmueble en cuestión no presenta las características que se le imponen, se puede incluso redactar un acta notarial. Si nos lo vuelven a desestimar se debería presentar una reclamación económico administrativa, la última de las vías, aclaró Nuria Díez, abogada de Legálitas.
Si este último tribunal no admite la reclamación se debería explotar la vía contencioso administrativa y abrir un procedimiento judicial. Normalmente las opciones previas son suficientes para resolver la situación, una situación por otra parte nada extraña, puesto que sucede de manera habitual.
En los casos en los que realmente no se han hecho construcciones es sencillo demostrarlo, afirmó la abogada. Las regulaciones catastrales no son nuevas, desde que el Catastro existe se hacen, la novedad esta vez ha sido realizarlo con drones o mediante ortofotografías, fotografías aéreas, imágenes de satélites e incluso google maps, añadió Díez.
¿Dónde se dan los errores?
Pese al uso de tecnología avanzada se dan errores tales como piscinas hinchables, pérgolas o barbacoas no ancladas que en realidad no constituyen construcción y "han sido incluidas en el Catastro como si lo fueran", señalan desde la citada empresa de asistencia legal. Esto, unido a los errores de medición de diferentes construcciones que no se corresponden con la realidad ha provocado que se multiplique el número de consultas con respecto a este tema en el servicio de Legailtas.
Esta medida se ha llevado a cabo como consecuencia de las numerosas construcciones que no están regularizadas, no se ha dado fe de la construcción y por lo tanto los datos no figuran en el organismo. El objetivo final de la administración tiene afán recaudatorio. Obliga al afectado a pagar una tasa de 60 euros. También conlleva un aumento de la superficie de inmueble en cuestión y por tanto del valor catastral del mismo, y del IBI a pagar.
Tras localizar la irregularidad, el Catastro envía la notificación al contribuyente y al Ayuntamiento pertinente, para que proceda a su rectificación del IBI y el cobro de la diferencia de los últimos cuatro años.
Legálitas recomienda, en caso de haber realizado algún tipo de obra, proceder a la regularización en el Catastro antes de que este lo detecte, y evitar esta manera el pago de la tasa.
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