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La sentencia del TSJA sobre los Baños del Carmen

La Tribuna ·

La Ley de Costas establece que la transmisión de la concesión solo será válida si con carácter previo la Administración reconoce el cumplimiento por parte del adquirente de las condiciones establecidas en la concesión

JOSé CARLOS AGUILERA ESCOBAR

Domingo, 22 de julio 2018, 00:43

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Hay una frase en nuestro castellano que define a la perfección lo que han hecho los representantes de la sociedad concesionaria de los Baños del ... Carmen, conocida la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA): arrimar el ascua a su sardina. A principios del año 2016 la sociedad Parque Balneario Nuestra Señora del Carmen S.A. interpuso un recurso contra la resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (en adelante, Junta de Andalucía) que declaró no valida, a los solos efectos administrativos, la compraventa de acciones de la citada sociedad concesionaria celebrada el 30/09/2014 por cuanto no había sido puesta en su conocimiento hasta el 14/10/2014, es decir, después de firmar la compra y no antes.

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