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Deber institucional

La Mesa del Congreso no podrá eludir ni un ápice de su responsabilidad a la hora de hacer efectiva la suspensión de los diputados presos

Jueves, 23 de mayo 2019, 07:38

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La Fiscalía recabó ayer del Supremo que resuelva la suspensión inmediata en sus funciones de los diputados Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez por hallarse procesados en firme por rebelión y en prisión preventiva, tal y como establece para adoptar esa medida el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por su parte, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, recabó del alto tribunal aclaraciones sobre la situación de los parlamentarios independentistas presos. De tales iniciativas se deduce que ni el Ministerio Público ni la presidencia de la Cámara Baja consideran suficiente la mención que el auto del Supremo de 14 de mayo hizo del artículo 21 del Reglamento del Congreso, que contempla la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios, a la hora de que la Mesa del Legislativo aplique tal medida. Es presumible que tanto los términos en los que se pronunció el tribunal -dando por sentado que la situación de los electos presos conllevaba la suspensión de sus funciones parlamentarias- como las iniciativas de la Fiscalía y Batet respondan al propósito de acotar las responsabilidades de los dos poderes del Estado afectados -el Judicial y el Legislativo- mediante el señalamiento de las que pudieran afectar al otro. Lo que interesa es que se proceda a la ineludible suspensión de los cuatro diputados y del senador presos y procesados por rebelión mediante resoluciones jurídicamente explícitas e inapelables. Y que se haga sin que las deliberaciones y tomas de postura afecten al equilibrio constitucional entre los poderes del Estado y a la independencia de cada institución. Pero aunque el Tribunal Supremo atienda a la Fiscalía y remita al Congreso una instrucción para suspender de sus derechos y obligaciones a Junqueras, Rull, Turrull y Sànchez, la Mesa de la Cámara deberá hacer suya la indicación judicial en aplicación de su propio Reglamento mediante una toma de decisión expresa. Aunque ello conduzca a una votación que divida a sus integrantes. Batet advirtió ayer de que la decisión que adopte la Mesa no será política, sino jurídica. Así debe ser en cuanto a sus fundamentos. Pero sin que ello pudiera interpretarse como una disposición evasiva respecto a la propia responsabilidad institucional, puesto que corresponde a la Mesa hacer efectivas las consecuencias que se derivan del procesamiento por rebelión y de la prisión preventiva establecidas por el Tribunal Supremo.

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