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La ley de transitoriedad jurídica se queda en suspenso y a la espera

La norma declara a Cataluña como una república de derecho, democrática y social

CRISTIAN REINO

BARCELONA.

Miércoles, 11 de octubre 2017, 01:08

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El presidente de la Generalitat no pulsó ayer el botón rojo nuclear, por lo que la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república catalana no salió del cajón de manera automática como estaba previsto. La norma aprobada el pasado 7 de septiembre en la Cámara catalana por Junts pel Sí y la CUP era una especie de mini Constitución y debía entrar en vigor en cuanto se efectuara una declaración formal de la independencia de Cataluña, donde debían concretarse sus efectos e iniciar el proceso constituyente. Esta declaración no tuvo lugar, por tanto, la ley sigue en suspenso. Aun así, el independentismo la mantiene en posición de espera a modo de aviso.

Proceso constituyente

Una vez celebrado el referéndum, la ley establecía que el Gobierno catalán activaría un proceso constituyente, con el objetivo de redactar y aprobar la Constitución de la República. El proceso constituyente consta de tres fases. Una primera, de proceso participativo durante seis meses; una segunda, de elecciones constituyentes, en torno a la primavera de 2018 y de elaboración de una propuesta de Constitución; y una tercera, de ratificación de la Constitución mediante un referéndum. Si la propuesta de Constitución es ratificada por la ciudadanía, se disuelve la asamblea constituyente de forma inmediata y se procede a convocar elecciones.

La ley debía entrar en vigor en cuanto Puigdemont declarara la independencia en la CámaraLa norma crearía un sistema judicial propio y expulsaría al ejército español de Cataluña

República social

«Cataluña se constituye en una república de derecho, democrática y social». La ley atribuye la soberanía nacional al pueblo de Cataluña, se reconoce como norma «suprema» hasta que se apruebe la Constitución, proclama respeto por el derecho de la Unión Europea y por el derecho internacional y delimita el territorio en el que ejercerá su soberanía y fija los requisitos para tener su ciudadanía. «La atribución de la nacionalidad catalana no exige la renuncia de la nacionalidad española ni de cualquier otra», según la norma.

Sistema judicial

Se crea un poder judicial catalán pero la ley procura ser «continuista en relación con la planta, las plazas y las normas procesales». El actual Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se convertiría en el nuevo Tribunal Supremo de Cataluña. La ley mantendría los magistrados y las salas actuales con algunas adaptaciones.

Amnistía para Mas

Todos los condenados por causas relacionadas con el proceso, como Mas, Ortega, Rigau y Homs, serán amnistiados. Según la ley, los juzgados y tribunales deben «anular los procesos penales contra investigados o condenados por conductas que buscasen un pronunciamiento democrático sobre la independencia de Cataluña o la creación de un nuevo Estado de forma democrática y no violenta».

Control de fronteras

La norma establecía que el Gobierno catalán asumiría el control «total» de las fronteras y aduanas. Así, la Generalitat deberá ejercer, en cuanto entre en vigor la ley, la autoridad aduanera en el territorio de Cataluña y actuará de acuerdo con el régimen aduanero y arancelario derivado del derecho de la Unión Europea. No establecía plazos, ni concretaba cómo se haría.

En los documentos de la ANC y de la CUP sí que existen planes de contingencia que buscan que se visualice el ejercicio de la soberanía como la toma de control de grandes infraestructuras y de fronteras, puertos y aeropuertos, además de la seguridad pública o las comunicaciones.

Impuestos

La Agencia Tributaria española dejará de tener la potestad recaudadora en Cataluña. La Generalitat sería la autoridad que exigiría al territorio de Cataluña todos los tributos y todas las cuotas y obligaciones de todo tipo del sistema de seguridad social y de clases pasivas, así como cualquier otro ingreso de derecho público, sin perjuicio de las facultades atribuidas por la Ley a los entes locales. También realizaría las actuaciones derivadas de la aplicación de los tratados y convenios internacionales en materia tributaria, aduanera y de seguridad social.

Sin ejército

El Ejército español «dejaría de tener jurisdicción en el territorio catalán». La norma no aclara si Cataluña tendría ejército propio. Además, el presidente de la Generalidad sería el jefe del Estado.

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