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Sábado, 14 de julio 2018, 00:07
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado estimar los recursos de reposición planteados por el Ayuntamiento de Marbella y ha denegado la medida cautelar de suspensión solicitada en febrero por el grupo municipal socialista contra el nombramiento efectuado por el equipo de gobierno de directores generales y a un adjunto a la dirección general. De esta forma anula el auto emitido en marzo por el tribunal.
Según un auto fechado a 3 de julio y al que ha tenido acceso SUR, para la Sala no cabe duda que la nueva regulación para el nombramiento de coordinadores y directores generales del Ayuntamiento marbellí «supone una alteración del organigrama correspondiente, siendo así que la cuestión está en dirimir si el eventual perjuicio que pudiera irrigar es más atendible que el fin perseguido por la nueva normativa, promulgada con el fin de atender el interés general de la ciudadanía». Según los razonamientos jurídicos de los magistrados en este juicio de ponderación, atendiendo los argumentos esgrimidos en los respectivos escritos de reposición, se decantan a favor de los intereses generales por considerarlos «más dignos de protección».
Igualmente, el Tribunal sostiene que los perjuicios que podría provocar el hecho de que finalmente se anulara la norma impuganda por el PSOE «no son irreparables», por lo que acuerda denegar dicha medida cautelar. En este sentido indica que «si se declarase nula la disposición general impugnada por ser contraria a derecho, los hipotéticos perjuicios que se pudieran irrogar a terceros no son irreparables. Por todo lo cual, el tribunal entiende que procede estimar los recursos de reposición interpuestos, dejando sin efecto la medida cautelar acordada».
El PSOE ha impugnado la vigencia y aplicación de la Disposición Adicional Tercera del Reglamento de Coordinadores Generales del Ayuntamiento de Marbella, en la que se recoge el catálogo de los puestos de directores con los requisitos exigidos, así como el acuerdo que aprueba las bases para su nombramiento, y había solicitado su suspensión cautelar. Se da la circunstancia de que el juez que dictó el auto de medidas cautelares en marzo de este año es ahora el mismo que estima los recursos presentados por el Ayuntamiento y anula dicho auto
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