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Lunes, 8 de octubre 2018, 12:49
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El Tribunal Constitucional (TC) no ha admitido a trámite el recurso de amparo que presentó la Comisión Promotora de la Segregación y Creación del Municipio de San Pedro Alcántara para continuar con el proceso de separación de ese núcleo urbano del término muncipal de Marbella. Así lo ha informado en un comunicado el presidente de la Asociación Pro-independencia de San Pedro Alcántara (ISP), José Luis Pérez Granados, que ha anunciado la disolución de la comisión promotora que inició hace 30 años ese procedimiento.
El recurso ante el Constitucional suponía para los partidarios de la segregación de San Pedro la última oportunidad para mantener vivo ese proceso.
Según refleja el comunicado, la Sala Primera del TC ha dictaminado en un auto reciente la inadmisión a trámite del recurso presentado por la comisión promotora.
Pérez Granados ha anunciado por ello la disolución de la Comisión Promotora tras 30 años de actividad y el cese de los miembros de sus respectivos cargos después de que el TC fuera la última instancia judicial a la que el colectivo podía acudir para defender que San Pedro pudiera separarse de Marbella y contar con un ayuntamiento propio.
El presidente de ISP ha destacado el apoyo y el cariño de los sampedreños que han respaldado la iniciativa «durante esa larga andadura». «Les animamos a que sigan presumiendo de ser de San Pedro Alcántara, un pueblo con mayúsculas por mucho que los intereses ocultos de unos y la desidia de otros hayan impedido que esta realidad física, política y cultural se viera reflejada en el Derecho Constitucional a un Ayuntamiento propio y con unos representantes que luchen y defiendan a su pueblo y a los que en él residen», ha agregado.
La Comisión Promotora presentó el recurso de amparo ante el TC después de que el Tribunal Supremo inadmitiera el recurso de casación contra el fallo en el que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestimó en el verano de 2015 anular la decisión de la Junta de denegar la segregación de San Pedro.
El TSJA dio la razón en ese momento al Gobierno andaluz en el archivo del expediente de la segregación decretado en 2011. La sentencia se basó en cuatro puntos: que no hubo vulneración de la legalidad en la decisión adoptada por la Junta en 2011, que no hay distancia suficiente entre ambos núcleos urbanos, que no está acreditada la viabilidad económica independiente de San Pedro y que la segregación tampoco se ajusta al interés público autonómico.
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