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Esteban Guzmán, en su época de concejal. Josele-Lanza -
Condenado a tres años por el ‘caso Saqueo 2’ el exedil prófugo Esteban Guzmán

Condenado a tres años por el ‘caso Saqueo 2’ el exedil prófugo Esteban Guzmán

El exconcejal de Marbella huyó a Cuba antes del juicio y fue detenido al regresar a España

Héctor Barbotta

Marbella

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Viernes, 12 de enero 2018, 17:18

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La Audiencia Nacional ha condenado a tres años de cárcel al exconcejal de Marbella Esteban Guzmán Lanzat por un delito continuado de malversación de caudales públicos. El exedil, que se encuentra encarcelado desde su regreso al país en julio tras haber permanecido prófugo varios años, fue encontrado culpable tras sentarse en el banquillo por el ‘caso Saqueo 2’, en el que la Audiencia Nacional ha pedido la extradición del también exedil Carlos Fernández, actualmente en libertad provisional en Argentina. Guzmán Lanzat fue concejal del GIL en Marbella entre 1991 y 1995 y miembro del Consejo de Administración de varias sociedades municipales. Antes de la celebración del juicio por esta causa, en abril de 2013, huyó a Cuba, donde permaneció hasta al pasado verano, cuando decidió regresar a España al agravarse su estado de salud.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal, que le aplica la atenuante de dilaciones indebidas, le absuelve del delito de falsedad en documento mercantil del que también estaba acusado.

En una sentencia dictada el pasado 12 de enero y a la que ha tenido acceso SUR, los jueces explican que el acusado, consciente y libremente, contribuyó a manejar sin cumplir, fuera de toda legalidad administrativa, fondos públicos del Ayuntamiento de Marbella, utilizando los referidos fondos, conforme a sus intereses, y fuera de la finalidad del servicio público al que estaban destinados a servir.

Junto con otros acusados en este procedimiento, continúa la resolución, con la intención de manejar los fondos municipales fuera del control que la legislación preveía, actuó bien creando el entramado de sociedades municipales, o bien participando en los órganos de administración de esas mercantiles, a las que fueron traspasados fondos públicos municipales provenientes en su origen del Ayuntamiento, para de esta forma a los órganos públicos encargados de controlar el gasto, se les privó de poder supervisar su último destino.

Por ello, añade la sala, la creación de estas sociedades participadas por el Ayuntamiento de Marbella "tenía como único fin situar exclusivamente el control de los fondos públicos que recibían del Ayuntamiento en manos de los órganos de administración de dichas mercantiles, que componían los acusados. Se eludía, así, el control directo por los órganos públicos del Ayuntamiento sobre el auténtico destino de los fondos procedentes del Consistorio, más allá de la mera justificación contable, cuando ésta existía. El pleno municipal no recibía la información de los pagos y contratos al hacerse éstos desde las cuentas de las sociedades participadas, esto es, al margen de los órganos de control del Pleno del Ayuntamiento".

El acusado junto con otros, a través de las sociedades participadas, realizaban habitualmente pagos mediante talones al portador o entregas en efectivo por importes elevados con la finalidad de ocultar el destino de los fondos, que no quedaban por ello asignados a fines públicos.

Las sociedades se constituían al margen del procedimiento previsto, de manera que su actuación no estaba controlada por el Pleno, celebrándose las Juntas de las mismas, exclusivamente por el alcalde accidental y el secretario de la sociedad.

"El resultado de esta actuación del acusado junto con otros de los acusados fue, a través de diversas conductas causantes de opacidad, la distracción de 81.700.000 euros", asegura el Tribunal.

No podemos concluir como pretende el acusado -dicen los jueces- que fuera una persona que fue utilizada sin su consentimiento, amparándose en su ignorancia, lo cual es descartado, y por consiguiente, que no tenía conocimiento del brutal desvío de fondos municipales del Ayuntamiento de Marbella; "sino que participó consciente y voluntariamente, lucrándose del desvió de fondos municipales. Buena prueba de ello, volvemos a repetir, es que el hoy acusado huyó de la justicia en España habiendo estado rebelde, lo que es síntoma de que era plenamente consciente de su conducta delictiva".

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