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Héctor Barbotta
Viernes, 18 de diciembre 2015, 00:36
Los ponentes de las sentencias que anularon el Plan General de Ordenación Urbana de (PGOU) de Marbella de 2010 consideran que sus pronunciamientos ya han sido suficientemente claros. Por ese motivo, el Tribunal Supremo ha rechazado una petición de aclaración de sentencia presentada por el Ayuntamiento en relación con qué se debe hacer con los inmuebles construidos al margen de la norma durante los años del GIL y para los que el PGOU anulado fijaba un sistema de regularización.
La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, aseguró ayer en Marbella que el Gobierno andaluz está trabajando «con intensidad» para solucionar la situación urbanística de la ciudad tras la anulación por el Supremo de su Plan General. En un aparte con los periodistas durante un encuentro con militantes de su partido en una visita electoral, Díaz aseguró que se está haciendo un trabajo conjunto entre las administraciones local y autonómica para conseguir una solución jurídica «cuanto antes» y se mostró confiada en la labor que están desarrollando los servicios jurídicos de la Junta y del Ayuntamiento de Marbella para responder a la mayoría de las circunstancias provocadas por la anulación del Plan. La presidenta aseguró que ambas administraciones quieren llegar a una solución rápida y segura. «Queremos tener un resultado lo más rápido posible y con toda la seguridad jurídica, que creo que lo necesita Marbella porque es parte del emblema del turismo en Andalucía».
Díaz adelantó que en enero hará su primera visita institucional a Marbella para tratar todos los asuntos que afectan a la ciudad y que para ella, aseguró, «son prioritarios».
Según el Supremo, el fallo es muy claro y lo que solicita el Ayuntamiento es una explicación de las sentencias, lo que a su juicio está fuera de lo previsto en la ley.
Tras conocerse las tres sentencias que dictaminaron con idénticos razonamientos la anulación del PGOU de 2010, tanto el Ayuntamiento de Marbella como la Junta de Andalucía anunciaron que solicitarían sendas aclaraciones de sentencia sobre aspectos sobre los que a su juicio era necesario despejar dudas antes de decidir qué camino seguir. Los servicios jurídicos de la Junta, según han explicado a este periódico fuentes de la Administración autonómica, desistieron finalmente de solicitar esa aclaración, y el Ayuntamiento sí lo hizo y en dos direcciones: sobre ejecución de sentencias contra viviendas construidas en su día fuera de norma y sobre la afirmación que se realiza el Supremo en el sentido de que no está en manos de los autores del plan alterar o desfigurar el concepto de Suelo Urbano Consolidado.
Sobre la primera cuestión, el Ayuntamiento pidió al Supremo que aclarara si en los casos en los que existen pronunciamientos judiciales que anulan licencias urbanísticas debe ser la administración municipal, en el ejercicio de sus competencias de restablecimiento de la legalidad, la que ejecute los mismos o si es función del juez resolver de qué manera se ejecuta esa sentencia.
Esta solicitud de aclaración se motivaba en la existencia de un importante número de sentencias por irregularidades urbanísticas que ordenan la restitución de la legalidad anterior a la aprobación de una licencia ilegal y que podrían interpretarse en algún caso como que su ejecución supondría el derribo. Estas actuaciones fueron paralizadas en su día al existir un marco legal, el PGOU ahora anulado, que daba cobertura a las viviendas. Ahora aunque el Supremo rechaza la solicitud de aclaración, excluye al Ayuntamiento de cualquier decisión sobre estos inmuebles, al recordar que la potestad de hacer ejecutar las sentencias corresponde a los tribunales. Recuerda también que el órgano administrativo competente, en este caso el Ayuntamiento, podría plantear la concurrencia de causas de imposibilidad material o legal para ejecutarlas.
Suelo urbano
El Ayuntamiento también planteó una segunda cuestión a aclarar, relativa a la afirmación que se incluye en la sentencia de que «no está en manos del planificador alterar o desfigurar el concepto de Suelo Urbano Consolidado (SUC)». Los servicios jurídicos municipales plantearon que es confusa la conclusión de «si el concepto de Suelo Urbano Consolidado es disponible para el planificador cuando la consolidación de los servicios urbanísticos que denotan la pertenencia al suelo urbano procede de actuaciones irregulares».
El Supremo también rechaza realizar esa aclaración al considerar que la jurisprudencia a la que apela no es la correcta.
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