El Supremo rebaja la pena a cinco exediles de 'Malaya' aunque deberán ir a prisión
El alto tribunal corrige a la Fiscalía, que reconoció un error en el juicio y pidió una pena aún menor, y les impone un mínimo de dos años y medio
Héctor Barbotta
Miércoles, 21 de octubre 2015, 00:31
Cinco exediles de Marbella condenados en el caso Malaya han visto reducida su condena en un año tras resolver el Tribunal Supremo un pedido de ... aclaración solicitado por cuatro de ellos. Se trata de Belén Carmona, María José Lanzat, Emilio Jorrín, José Luis Fernández Garrosa y Rafael González Carrasco, que deberán cumplir dos años y medio de prisión en el caso de los tres primeros y cuatro años y medio en el de los dos restantes.
La resolución del alto tribunal se deriva de un error cometido por el fiscal del caso, que en su recurso contra la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga en 2013 solicitó una pena mayor a la que había pedido en sus conclusiones durante el juicio en referencia a las condenas por el delito de cohecho. El Supremo ha dado la razón a la Fiscalía pero sólo en parte, al destacar en el auto de aclaración firmado el pasado jueves, al que ha tenido acceso este periódico, que si bien la acusación no puede solicitar en un recurso una pena mayor a la que pidió en el juicio, tampoco un tribunal pueda imponer una menor a la prevista por la ley. Los dos años y seis meses que finalmente se les imponen es el mínimo legal que corresponde al delito por el que fueron condenados, cohecho pasivo por acto injusto ejecutado.
En la sentencia original, los ediles habían sido condenados a dos años de prisión por delitos de cohecho por acto injusto no realizado, pero en la resolución de los recursos, el Supremo consideró que los actos injustos sí habían sido realizados, por lo que aumentó las penas por ese delito a tres años y medio de prisión. Ahora, tras la solicitud de aclaración, las ha reducido en los cinco casos mencionados a dos años y medio. De esa manera, la posibilidad de que los exconcejales ingresen en prisión aumentan considerablemente, ya que la suspensión de la condena suela concederse cuando la misma es de dos años o inferior.
En los casos de Fernández Garrosa y González Carrasco, además, las penas son mayores ya que también fueron condenados por los delitos de fraude y prevaricación.
Ya en septiembre, el propio Ministerio Fiscal había reconocido el error deslizado en la sentencia dictada por el Supremo el pasado 29 de julio, en la que los 14 exediles que habían sido condenados a dos años de prisión tras ser encontrados culpables de recibir sobornos por actos no realizados vieron aumentada su condena a tres años y medio al considerar el Alto Tribunal, en consonancia con el criterio del propio fiscal, que los sobornos fueron en contraprestación a actos injustos realizados.
Reformar a peor
La sentencia dictada en 2013 por la Audiencia Provincial de Málaga fue recurrida en ese sentido por el Ministerio Público, quien en el caso de estos cinco ediles solicitó en su recurso una pena superior a lo que había pedido en sus conclusiones durante el juicio oral, lo que violaba el principio de «reformato in peius» (reformar a peor), previsto en la Constitución como garantía procesal. Posteriormente, el Supremo hizo suyo el criterio del fiscal y aumentó las penas de dos años a tres años y medio.
Esta circunstancia fue advertida por la defensa de Jorrín, ejercida por el letrado Javier Muriel, quien presentó un pedido de aclaración que fue respaldado por el Ministerio Público.
El Supremo ha dado la razón sólo parcialmente a este recurso, en el que se encontraban inmersos Carmona, Jorrín, Lanzat y González Carrasco y la ha hecho extensiva también a Fernández Garrosa, que pese a no haber pedido aclaración se hallaba en la misma situación.
LAS CONDENAS
José Luis Fernández Garrosa
Sentencia de la Audiencia: 4 años de prisión y 13 de inhabilitación por cohecho por acto injusto no realizado y fraude. Sentencia del Supremo: 5 años y medio de prisión y 15 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado y fraude.
Aclaración de sentencia: 4 años y medio de prisión y 15 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado y fraude.
María Belén Carmona de León
Sentencia de la Audiencia: 2 años de prisión y 5 años de inhabilitación por por cohecho por acto injusto no realizado.Sentencia del Supremo: 3 años y medio de cárcel y 7 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado. Aclaración de sentencia: 2 años y medio de prisión y 7 años y medio de inhabilitación por por cohecho por acto injusto ejecutado.
María José Lanzat Pozo
Sentencia de la Audiencia: 2 años de prisión y 5 años de inhabilitación por por cohecho por acto injusto no realizado.Sentencia del Supremo: 3 años y medio de cárcel y 7 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado.Aclaración de sentencia: 2 años y medio de prisión y 7 años y medio de inhabilitación por por cohecho por acto injusto ejecutado.
Emilio Jorrín Gestal
Sentencia de la Audiencia: 2 años de prisión y 5 años de inhabilitación por por cohecho por acto injusto no realizado.Sentencia del Supremo: 3 años y medio de cárcel y 7 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado.Aclaración de sentencia: 2 años y medio de prisión y 7 años y medio de inhabilitación por por cohecho por acto injusto ejecutado.
Rafael González Carrasco
Sentencia de la Audiencia: 4 años de prisión y 13 de inhabilitación por cohecho por acto injusto no realizado y fraude.Sentencia del Supremo: 5 años y medio de prisión y 15 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado y fraude.Aclaración de sentencia: 4 años y medio de prisión y 15 años y medio de inhabilitación por cohecho por acto injusto ejecutado y fraude.
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